Presunción de operaciones inexistentes

AutorJosefina Leon Morales
CargoLicenciada en Derecho con Mención Honorífica por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)
Páginas18-27
JUNIO 2014OPCIONESOpciOnesjuniO 2014 19
18
Por disposición expresa de la ley, corresponde
a los contribuyentes la determinación de las
contribuciones a su cargo, en términos de lo
dispuesto en el artículo 6, tercer párrafo del
Código Fiscal de la Federación, es decir, una vez que
la actividad económica del sujeto pasivo de la relación
jurídica tributaria, incide en la hipótesis legal, corres-
ponderá a éste auto-determinarse la cantidad líquida
que debe pagar al fisco federal, estatal o municipal,
según corresponda.
Presunción de
operaciones
inexistentes
Particularidad fiscal que se estudia
desde la perspectiva del artículo
69-B del Código Fiscal de la
Federación, así como su alcance
y sus efectos para la defensa legal.
Josefina León Morales

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