¿Una persona física con ingresos por arrendamiento de inmuebles y por prestar servicios de lavandería puede tributar en el régimen de los pequeños contribuyentes por sus actividades empresariales?

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Lector de Tlaxcala, Tlaxcala

Pregunta

¿Una persona física con ingresos por arrendamiento de inmuebles y por prestar servicios de lavandería puede tributar en el régimen de los pequeños contribuyentes por sus actividades empresariales?

Respuesta

En nuestra opinión, una persona física con ingresos por arrendamiento de inmuebles y por prestar servicios de lavandería sí puede tributar en el régimen de los pequeños contribuyentes por sus actividades empresariales, por lo siguiente:

El artículo 137, primer párrafo, de la Ley del ISR, incluido en la sección III del capítulo II del título IV de dicha ley, denominada “Del régimen de pequeños contribuyentes”, estipula lo siguiente (énfasis añadido):

137. Las personas físicas que realicen actividades empresariales, que únicamente enajenen bienes o presten servicios, al público en general, podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en los términos establecidos en esta Sección, siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial y los intereses obtenidos en el año de calendario anterior, no hubieran excedido de la cantidad de $2’000,000.00.

Los contribuyentes a que se refiere este artículo que inicien actividades podrán optar por pagar el impuesto conforme a lo establecido en esta Sección, cuando estimen que sus ingresos del ejercicio no excederán del límite a que se refiere este artículo. Cuando en el ejercicio citado realicen operaciones por un periodo menor de doce meses, para determinar el monto a que se refiere el párrafo anterior, dividirán los ingresos manifestados entre el número de días que comprende el periodo y el resultado se multiplicará por 365 días; si la cantidad obtenida excede del importe del monto citado, en el ejercicio siguiente no se podrá tributar conforme a esta Sección.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Conforme a lo anterior, para que las personas físicas que realicen actividades empresariales puedan tributar en el régimen de los pequeños contribuyentes, deben cumplir los requisitos siguientes:

1. Deben efectuar únicamente la enajenación de bienes o la prestación de servicios.

2. Sus operaciones deben ser únicamente con el público en general.

3. Los ingresos propios de su actividad empresarial y los intereses obtenidos en el año de calenda-

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rio anterior no debieron exceder de $2’000,000 o, en el caso de los contribuyentes que inicien actividades, podrán tributar en este régimen cuando...

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