La SE da a conocer las tasas del impuesto general de importación y preferencias arancelarias para mercancías provenientes de ciertos países

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En el DOF del 29 de junio último, la SE dio a conocer diversas publicaciones que establecen las tasas aplicables del impuesto general de importación para mercancías originarias de algunos países con los cuales México tiene celebrados acuerdos comerciales.

Las publicaciones son las siguientes:

1. Decreto que abroga los diversos que establecen la Tasa Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de algunos países con los que México ha celebrado Tratados de Libre Comercio y los diversos para la aplicación de algunos acuerdos celebrados por México en el marco del Tratado de Montevideo 1980 (en vigor a partir del 1o. de julio de 2012).

2. Decreto que modifica el diverso por el que se establece la Tasa Aplicable durante 2003, del Impuesto General de Importación, para las mercancías originarias de América del Norte (en vigor a partir del 1o. de julio de 2012).

3. Decreto por el que se modifican la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación; el diverso por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación; los diversos por los que se establece el esquema de importación a la franja fronteriza norte y región fronteriza, y el diverso por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte (en vigor a partir del 1o. de julio de 2012).

4. Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa

Aplicable a partir del 1 de julio de 2012 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias del Japón.

5. Acuerdo por el que se da a conocer la tasa aplicable a partir del 1o. de julio de 2012 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la República Oriental del Uruguay.

6. Acuerdo por el que se da a conocer la tasa aplicable a partir del 1o. de julio de 2012 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la República de Chile.

7. Acuerdo por el que se da a conocer la tasa aplicable a partir del 1o. de julio de 2012 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la Comunidad Europea.

8. Acuerdo por el que se da a conocer la tasa aplicable a partir del 1o. de julio de 2012 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio.

9. Acuerdo por el que se da a conocer la tasa aplicable a partir del 1o. de...

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