Precios de transferencia en operaciones nacionales ¿Tu empresa se encuentra preparada para una auditoría?

Revista Contaduría PúblicaNúm. 3-2008, Marzo 2008

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Resumen


A partir de enero de 2002, se encuentra vigente la fracción XV del artículo 86 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y, por lo tanto, los contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en México se encuentran obligados, a partir de esa fecha, a determinar sus ingresos acumulables y deducciones autorizadas a valores de mercado mediante la aplicación de los métodos establecidos en el artículo 216 de la LISR.

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Extracto


Precios de transferencia en operaciones nacionales ¿Tu empresa se encuentra preparada para una auditoría?

Recientemente, hemos encontrado que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en las auditorías de precios de transferencia, está solicitando a los contribuyentes que proporcionen la información y documentación que demuestre el debido cumplimiento en tiempo y forma de la obligación incluida en la fracción antes mencionada.

En nuestra experiencia, hemos observado que han sido enviados requerim...

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