Precedentes judiciales en 2005 -Código Fiscal de la Federación y Ley de Amparo-
Práctica Fiscal › Núm. 428, Marzo 2006
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Introducción. Código Fiscal de la Federación. Obligaciones fiscales. Devoluciones. Responsabilidad solidaria. Consultas fiscales. Resoluciones administrativas. Comprobantes fiscales. Procedimientos administrativos. Ley de Amparo.
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Precedentes judiciales en 2005 -Código Fiscal de la Federación y Ley de Amparo-
Introducción En materia fiscal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA), como parte de su actividad jurisdiccional, vía la publicación de tesis dan a conocer su criterio jurídico al resolver un caso concreto. Las tesis se clasifican en: 1. Tesis aisladas: criterios jurídicos que no han cumplido los requisitos legales, tales como la reiteración o la contradicción, para tener el carácter de jurisprudencia; y 2. Tesis jurisprudenciales: criterios jurídicos que alcanzan el rango de jurisprudencia, por satisfacer los requisitos legales para ello, tales como la reiteración o la contradicción. De las tesis en materia fiscal aprobadas durante 2005, tanto en la SCJN como en el TFJFA, los socios de la firma Ortiz, Sainz y Erreguerena, SC, seleccionaron las que consideraron sobresalientes y elaboraron diversos comentarios al respecto. En esta tercera parte se incluyen los comentarios referentes a los criterios expresados con respecto al Código Fiscal de la Federación (CFF) y la Ley de Amparo. Código Fiscal de la Federación Obligaciones fiscales OBLIGACIONES FISCALES. LOS ARTICULOS 6o. Y 32 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION NO VIOLAN EL ARTICULO 22 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (LEGISLACION VIGENTE EN 1993, 1994 Y 1995). Tesis aislada CXXVII/2005, sustentada por la Primera Sala de la SCJN, aprobada en septiembre de 2005. La protección constitucional a que se refiere el artículo 22delaCPEUM, en el sentido de que se prohíben las penas inusitadas, se entiende únicamente como una sanción a una conducta ilícita. ...
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