El postulado del Estado Social en el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa

Revista Letras Jurídicas Núm. 13, Enero 2006

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Resumen


I. Sobre el concepto de Estado Social y sus objetivos. II. Las cláusulas económicas del Tratado Constitucional. III. El derecho a la propiedad en la Unión Europea. IV. Libertades económicas y principios institucionales del mercado de trabajo en la Europa unida en la diversidad. V. Aspectos macroeconómicos del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa.

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Extracto


El postulado del Estado Social en el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa

Texto de la Conferencia pronunciada en la Universidad de Salamanca el día 20 de octubre de 2005, en el marco del Congreso Internacional "Del espacio social europeo a ¿la Europa social?"

I. Sobre el concepto de Estado Social y sus objetivos.

El proceso de adaptación del Estado Liberal democrático a las nuevas condiciones sociales del capitalismo organizado, ha originado en Europa Occidental, después de la Segunda Guerra Mundial la aparición del Estado Social (concepto acuñado por el jurista H. HELLER, 1929) , basado en la íntima relación entre la Sociedad y el Estado, que ahora se encuentra habilitado para regular la vida económica, dotado de una economía pública y organizador de los derechos sociales como derechos de prestación, constitucionales o legales. Como consecuencia de ello en la segunda mitad del siglo XX se ha consolidado la existencia, en los Estados que reconocen este modelo, de un gran aparato administrativo situado bajo la dirección del correspondiente Gobierno que interviene activamente en el terreno de la economía y que realiza prestaciones sociales para poder ofrecer servicios públicos o dar respuestas a las demandas procedentes de sectores en situaciones de inferioridad. Esto acarrea el crecimiento desmesurado de la Administración pública que al estar situada bajo la dependencia del Ejecutivo genera un desequilibrio en el funcionamiento y el peso de las instituciones creadas en el marco de la división tradicional de los poderes del Estado.

Los aspectos más relevantes del principio social del Estado, que tiene como rasgo a destacar la interrelación entre el Estado y la sociedad, son: 1) La consideración de que la Constitución no sólo es política, sino que comporta decisiones constituyentes de carácter económico y social; 2) La organización de derechos económicos, sociales y culturales, destacando especialmente la garantía de los derechos de carácter laboral, con preferencia los de los trabajadores y sus sindicatos; y, 3) La introducción del principio de igualdad material en cuanto complemento y corrección del principio de igualdad formal como vía para eliminar desigualdades y discriminaciones de los sectores sociales más débiles, (GARCÍA PELAYO) .

La Unión Europea que tenemos no es un Estado, ni un superestado, es únicamente...

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