Del Poder Legislativo y sus integrantes

AutorJuan de Dios Castro Lozano
Páginas67-75
67
IV. DEL PODER LEGISLATIVO
Y SUS INTEGRANTES
EN ESTE capítulo me referiré a algunas cuestiones que atañen
al Poder Legislativo y a sus integrantes, como los requisitos
que debe reunir un ciudadano para ser electo diputado1 o
senador;2 los periodos de sesiones; el quórum de asistencia
para los integrantes de ambas cámaras; las votaciones califi ca-
das y las facultades exclusivas de una y otra cámaras.
Los requisitos para ser diputado federal, están contenidos
en el artículo 55 de la Ley fundamental, del que a continua-
ción hago una síntesis:
1 “La primera vez que en México se designaron diputados fue a raíz de la
convocatoria a las Cortes Constituyentes de Cádiz, que habrían de promulgar
la Constitución Política de la Monarquía Española, vigente también en Nueva
España; entonces se designaron veintiún diputados, entre propietarios y su-
plentes para representar a la Nueva España en aquel Constituyente. Los ele-
mentos constitucionales de Rayón no hablaron de diputados sino de vocales.
El artículo 27 de la Constitución de Cádiz utilizó el vocablo ‘diputado’ al de-
clarar que: ‘las cortes son la reunión de todos los diputados’. La primera vez
que el vocablo ‘diputado’ se utilizó dentro del constitucionalismo mexicano,
propiamente dicho, fue en el artículo 48 del Decreto Constitucional para la
Libertad de la América Mexicana, que estableció: ‘el supremo congreso se
compondrá de diputados elegidos uno por cada provincia, e iguales todos en
autoridad’. En adelante, todas las Constituciones y principales documentos
constitucionales utilizarían el vocablo diputado”. Miguel Carbonell (coord.),
Diccionario de derecho constitucional, op. cit., p. 195.
2 En Roma, el senador era el integrante del senatus, órgano consultivo per-
manente del magistrado. En el derecho constitucional mexicano, es el repre-
sentante popular, electo cada seis años dentro de la circunscripción de una
entidad federativa, que integra la Cámara de Senadores, ésta a su vez una de
las dos cámaras en que se divide el órgano legislativo federal. La primera vez
que en México hubo Cámara de Senadores fue a raíz del Acta y la Constitu-
ción de 1824. Ésta declaró que habría dos senadores de cada estado elegidos
por mayoría de absoluta de votos de las legislaturas estatales, renovándose por
mitad de dos en dos años, cesando al fi n del primer bienio los senadores nom-
brados en segundo lugar y en lo sucesivo los más antiguos. El Senado de la
Constitución de 1824 respondía claramente al modelo estadounidense en aquel
entonces.

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