Personas físicas. Declaración anual 2006

Práctica FiscalNúm. 466, Abril 2007

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Abogados Fiscal

Resumen


Instructivo detallado, renglón por renglón, del formato 13. Informacion preliminar. Pagina 1. Datos generales. Ejercicio. Marque con "X" los anexos que presenta. Registro federal de contribuyentes. Clave única de registro de población. Apellido paterno, apellido materno y nombre (s). Tratándose de declaración complementaria:. Fecha de presentación de la declaración inmediata anterior. Número de operación o folio anterior. Cantidad a pagar (R+r+Q+p+dd). Pago del impuesto sobre la renta. Pago del impuesto al activo. Pagina 2. Pago del impuesto al valor agregado (Ejercicio 2002 y anteriores). Pago del impuesto sustitutivo del credito al salario (Ejercicios 2002 y 2003). Pago del impuesto a la venta de bienes y servicios suntuarios (Ejercicio 2002). Pagina 3. Determinacion del impuesto sobre la renta. Datos adicionales. Devolución Compensación. Nombre del banco Número de cuenta "CLABE". Datos informativos obligatorios. Domicilio fiscal. Datos del representante legal. Registro federal de contribuyentes. Clave única de registro de población. Apellido paterno, materno y nombre(s). Firma del contribuyente o su representante legal. Pagina 5. Anexo 1 retenciones, pagos efectuados por terceros y deducciones personales. Hoja de hojas. Desglose de retenciones y pagos efectuados por terceros. I. Tipo de ingreso. II. RFC del retenedor o de quien realiza el pago por cuenta del contribuyente. III. Monto de los ingresos pagados. IV. Proporción de subsidio acreditable. V. ISR retenido o pagado por terceros. VI. IVA retenido o pagado por terceros. A. Suma de montos anotados en esta hoja. B. Suma de montos anotados en otras hojas del anexo 1. C. Total de impuestos retenidos al contribuyente y/o pagados por terceros (A + B). Informacion de copropietarios, sociedad conyugal o sucesion. Datos del representante comun. Pagina 6. Desglose de deducciones personales. I. Tipo de deducción. II. RCF de quien expide el comprobante. III. Importe. Pagina 7. Anexo 2 salarios, arrendamiento, enajenacion y adquisicion de bienes, intereses, premios, dividendos, otros ingresos y servicios profesionales. Ingresos por salarios y en general por la prestacion de un servicio personal subordinado (incluye asimilados a salarios). 05/ISR. Sociedades cooperativas. Salarios y previsión social.. Arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles. Diferencia E - (F + G + H) o E - (F + H + I). Diferencia E - (F + G + H) o E - (F + H + I). Adquisicion de bienes. Capitulo VI. Intereses. I. Provenientes del sistema financiero. II. No provenientes del sistema financiero.Pagina 8. Premios. Dividendos o utilidades. De los demas ingresos. Actividades profesionales (solo personas sin actividad empresarial). Deducciones por actividades profesionales. Cifras al cierre del ejercicio. Pagina 9. Anexo 3 regimen intermedio de actividades empresariales. Impuesto sobre la renta. Impuesto sobre la renta correspondiente a entidades federativas. Pagina 10. Anexo 4 actividades empresariales (incluye actividad profesional en su caso) estado de posicion financiera. Activo, pasivo y capital contable. Inversiones. I. Deduccion fiscal en el ejercicio. II. Deduccion inmediata en el ejercicio. III. Adquisiciones en el ejercicio. Pagina 11. Analisis de ingresos. I. Contables. II. Fiscales. Analisis de egresos. I. Contables. II. Fiscales. Pagina 12. Analisis de egresos (continuacion). I. Contables. II. Fiscales. Resultados. Datos informativos. Cifras al cierre del ejercicio. Paginas 13 y 14. Anexo 5 informacion del IVA. Paginas 15 y 16. Anexo 6 informacion correspondiente al ejercicio 2002 y anteriores. Determinacion del impuesto al valor agregado. Determinacion del impuesto sustitutivo del credito al salario (incluyendo ejercicio 2003). Determinacion del impuesto a la venta de bienes y servicios suntuarios. Regimen de pequeños contribuyentes. Regimen simplificado.

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Extracto


Personas físicas. Declaración anual 2006

Instructivo detallado, renglón por renglón, del formato 13

El artículo 175, primer párrafo, de la Ley del ISR, establece la obligación para las personas físicas de presentar la declaración anual de ISR correspondiente al ejercicio fiscal de 2006, en abril de 2007.

Por su parte, el artículo 8o., segundo párrafo, de la Ley del IA establece la obligación para las personas físicas de presentar la declaración anual del IA durante el periodo comprendido entre febrero y abril del año siguiente al cierre del ejercicio.

Como se puede observar, el periodo para presentar la declaración anual del IA (entre febrero y abril) difiere del periodo en que se debe presentar la declaración anual del ISR (durante abril), es por ello que en la regla 3.11.9 de la RMF para 2006-2007 se indica que cuando las personas físicas presenten la declaración anual de ISR correspondiente al ejercicio de 2006 durante el periodo comprendido entre los meses de febrero y marzo de 2007, se considerará presentada el 1o. de abril, siempre que contenga la información y demás requisitos que se establecen en las disposiciones fiscales vigentes.

Por lo que respecta al IVA, en el artículo 32, fracción VII, de la ley de la materia se especifica que las personas físicas que se encuentren obligadas al pago de este impuesto y las que realicen actos o actividades sujetos a la tasa de 0%, deberán proporcionar la información que del IVAse les solicite en las declaraciones del ISR. Al respecto, la regla 5.1.13 de la RMF para 2006-2007 señala que los contribuyentes cumplirán con dicha obligación al proporcionarla mediante la Declaración informativa múltiple (DIM); sin embargo, la regla 2.20.8 de la misma resolución dispone que las personas físicas que sólo estén obligadas a presentar la DIM con la información del IVA, en lugar de hacerlo mediante el anexo 8 "Información sobre Impuesto al Valor Agregado" de la forma oficial 30 "Declaración Informativa Múltiple", lo harán en la declaración anual del ejercicio fiscal de 2006 vía Internet o en ventanilla bancaria, según corresponda.

De acuerdo con el artículo 31, primer párrafo, del CFF, los contribuyentes deberán presentar declaraciones en documentos digitales con Firma electrónica avanzada a través de los medios, formatos electrónicos y con la información que señale el SAT mediante reglas de carácter general, y enviarlas a las autoridades correspondientes o a las oficinas autorizadas, según el caso, además de cumplir los requisitos que se establezcan en esas reglas para tal efecto y, en su caso, pagar mediante transferencia electrónica de fondos.

Al respecto, en los capítulos 2.17 "Declaraciones anuales vía Internet" y 2.18 "Declaraciones anuales por ventanilla bancaria" de la RMF para 2006-2007, se indican los lineamientos para presentar la declaración anual de los contribuyentes.

De esta forma, las reglas 2.18.1 y 2.18.2, en concordancia con la 2.15.1 de la misma resolución, señalan que deberán presentar la declaración del ejercicio en ventanilla bancaria, mediante el uso del formato oficial 13, las personas físicas siguientes:

1. Las que realicen actividades empresariales y que en el ejercicio inmediato anterior hubieran obtenido ingresos hasta de $1 '750,000.

2. Las que no efectúen actividades empresariales y que hubieran obtenido en el ejercicio inmediato anterior ingresos hasta de $300,000.

3. Las que obtengan ingresos por salarios y conceptos asimilados y que además perciban ingresos de los señalados en otros capítulos del título IV "De las personas físicas" de la Ley del ISR, y la suma de todos los ingresos sea hasta de $300,000.

No obstante, según la regla 2.18.3 de la RMF para 2006-2007, las personas físicas obligadas a presentar la declaración anual en ventanilla bancaria podrán hacerlo vía Internet en términos de la regla 2.17.1 de la misma resolución.

Asimismo, conforme a los dos últimos párrafos de la regla 2.18.2 de la RMF para 2006-2007, podrán optar por presentar la declaración anual del ejercicio 2006 mediante la forma oficial 13 "Declaración del ejercicio. Personas físicas" quienes cumplan con todos los requisitos siguientes:

1. Obtengan ingresos por salarios y conceptos asimilados, así como ingresos de los señalados en otros capítulos del título IV "De las personas físicas" de la Ley del ISR, y la suma de todos los ingresos exceda de $300,000.

2. Obtengan cantidad a pagar por cualquiera de los impuestos manifestados en la declaración.

3. No hayan presentado durante el ejercicio de 2006 pagos mensuales, provisionales o definitivos, vía Internet, conforme al capítulo 2.14 "Pagos provisionales vía Internet" de la RMF para 2006-2007, a través de los desarrollos electrónicos de las instituciones de crédito autorizadas.

De acuerdo con lo anterior, las personas distintas a las antes señaladas deberán presentar la declaración anual vía Internet conforme al procedimiento descrito en la regla 2.17.1 de la R...

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