Resumen
Instructivo detallado, renglón por renglón, del nuevo formato 13. Informacion preliminar. Pagina 1. Datos generales. Ejercicio. Marque con "X" los anexos que presenta. Registro federal de contribuyentes. Clave única de registro de población. Apellido paterno, apellido materno y nombre(s). Anote la letra de la declaración correspondiente. Tratándose de declaración complementaria. Número de operación o folio anterior. Cantidad a pagar (R+r+Q+p+dd). Pago del impuesto sobre la renta. Pago del impuesto al activo. Pagina 2. Pago del impuesto al valor agregado (Ejercicio 2002 y anteriores). Pago del impuesto sustitutivo del credito al salario (Ejercicios 2002 y 2003). Pago del impuesto a la venta de bienes y servicios suntuarios (Ejercicio 2002). Pagina 3. Determinacion del impuesto sobre la renta. Datos adicionales. V. En el caso de obtener saldo a favor del isr, marque con "x" si opta por. Datos informativos obligatorios. Domicilio fiscal. Pagina 4. Determinacion del impuesto al activo. Datos del representante legal. Pagina 5. Anexo 1 retenciones, pagos efectuados por terceros y deducciones personales. Desglose de retenciones y pagos efectuados por terceros. Informacion de copropietarios, sociedad conyugal o sucesion. Datos del representante comun. Pagina 6. Desglose de deducciones personales. Pagina 7. Anexo 2 salarios, arrendamiento, enajenacion y adquisicion de bienes, intereses, premios, dividendos, otros ingresos y servicios profesionales. Ingresos por salarios y en general por la prestacion de un servicio personal subordinado (incluye asimilados a salarios). Arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles. Enajenacion de bienes. Adquisicion de bienes. Capitulo VI. Intereses. I. Provenientes del sistema financiero. II. No provenientes del sistema financiero. Dividendos o utilidades. De los demas ingresos. Actividades profesionales (solo personas sin actividad empresarial). Deducciones por actividades profesionales. Cifras al cierre del ejercicio. Pagina 9. Anexo 3 regimen intermedio de actividades empresariales. Impuesto sobre la renta. Cifras al cierre del ejercicio. Impuesto sobre la renta correspondiente a entidades federativas. Pagina 10. Anexo 4 actividades empresariales (incluye actividad profesional en su caso). Estado de posicion financiera (balance). Inversiones. I. Deduccion fiscal en el ejercicio. II. Deduccion inmediata en el ejercicio. III. Adquisiciones en el ejercicio. Pagina 11. Analisis de ingresos. I. Contables. II. Fiscales. Analisis de egresos. I. Contables. II. Fiscales. Pagina 12. Analisis de egresos (continuacion). I. Contables. II. Fiscales. Resultados. Datos informativos. Cifras al cierre del ejercicio. Paginas 15 y 16. Anexo 6 informacion correspondiente al ejercicio 2002 y anteriores. Determinacion del impuesto al valor agregado. Determinacion del impuesto sustitutivo del credito al salario (incluyendo ejercicio 2003). Determinacion del impuesto a la venta de bienes y servicios suntuarios. Regimen de pequeños contribuyentes. Pagina 16. Regimen simplificado. Casos prácticos con cédulas analíticas. Guía para instalación, llenado y envío por Internet del DeclaraSAT. Introducción. Programas para presentar la declaración anual. DeclaraSAT 2005. Definición. Características de requerimiento del equipo. Recomendaciones para el buen funcionamiento del programa. Otros elementos que contiene el DeclaraSAT. Procedimiento de instalación del DeclaraSAT 2005. Acceso e introducción de datos al sistema. Datos contribuyente. Envío del archivo de la declaración anual por Internet. Acuses de recibo. Consulta de transacciones. Reimpresión de acuses. Otras consideraciones.
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Extracto
Personas físicas. Declaración anual 2004
Instructivo detallado, renglón por renglón, del nuevo formato 13 En abril, las personas físicas deberán presentar la declaración anual del ejercicio fiscal de 2004, de los impuestos sobre la renta, al activo, y en su caso, la información del IVA que se solicite en la declaración del ISR. Están obligadas a presentar la declaración anual vía Internet las personas físicas siguientes: 1. Las que realicen actividades empresariales y que en el ejercicio inmediato anterior hubieran obtenido ingresos que hayan excedido de $1 '750,000. 2. Las que no realicen actividades empresariales y que en el ejercicio inmediato anterior hubieran obtenido ingresos que hayan excedido de $300,000. 3. Las que obtengan ingresos por salarios y conceptos asimilados y que además perciban ingresos de los señalados en otros capítulos del título IV de la Ley del ISR, y la suma de todos los ingresos exceda de $300,000. Al respecto, utilizarán el Programa para presentación de declaraciones anuales de las personas físicas 2004, denominado DeclaraSAT. Por otra parte, deberán presentar la declaración anual en ventanilla bancaria, mediante la forma oficial 13 "Declaración del ejercicio. Personas físicas", las siguientes personas físicas: 1. Las que realicen actividades empresariales y que en el ejercicio inmediato anterior hubieran obtenido ingresos hasta de $1750,000. 2. Las que no realicen actividades empresariales y que en el ejercicio inmediato anterior hubieran obtenido ingresos hasta de $300,000. 3. Las que obtengan ingresos por salarios y conceptos asimilados y que además perciban ingresos de los señalados en otros capítulos del título IV de la Ley del ISR, y la suma de todos los ingresos sea hasta de $300,000. Asimismo, las personas físicas que sólo obtengan ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado y conceptos asimilados (título IV, capítulo I, de la Ley del ISR), para presentar la declaración anual de ISR utilizarán el formato oficial 13-A "Declaración del ejercicio. Personas físicas. Sueldos, salarios y conceptos asimilados", independientemente del monto de los ingresos obtenidos. No obstante, los contribuyentes que deban presentar las declaraciones en formato impreso, podrán optar por enviarlas vía Internet en términos de la regla 2.17.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004-2005. Tomando en cuenta que próximamente las personas físicas deberán presentar la declaración anual del ejercicio de 2004, a continuación se ofrece un instructivo detallado renglón por renglón, del formato fiscal 13 "Declaración del ejercicio. Personas físicas", publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 7 de enero. Cabe observar que aun cuando la presentación de la declaración en formato fiscal aplica sólo a las personas físicas señaladas antes, este instructivo también será de utilidad para las personas físicas que deban presentar la declaración anual en medios electrónicos, ya que la información que se proporciona mediante este formato es similar a la que se solicita en el programa DeclaraSAT, el cual se utiliza para enviar la declaración por Internet. Informacion preliminar 1. Fecha de presentación de las obligaciones correspondientes a la declaración del ejercicio fiscal de 2004: a) ISR La declaración anual de ISR correspondiente al ejercicio fiscal de 2004, se presentará en abril de 2005. En la regla 3.11.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004-2005 se indica que cuando las personas físicas presenten la declaración anual correspondiente al ejercicio de 2004 durante el periodo comprendido entre los meses de febrero y marzo de 2005, se considerará presentada el 1o. de abril, siempre que contenga la información y demás requisitos que se establecen en las disposiciones fiscales vigentes. b) IA La declaración anual de IA se presentará durante el periodo comprendido entre febrero y abril del año siguiente al cierre del ejercicio. c) IVA El artículo 32, fracción VII, de la Ley del IVA establece la obligación para las personas físicas que se encuentren obligadas al pago de este impuesto y las que realicen actos o actividades sujetos a la tasa de 0%, de proporcionar la información del IVA que se les solicite en las declaraciones del ISR. Al respecto, la regla 5.1.12 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004-2005 señala que los contribuyentes cumplirán con la obligación de proporcionar la información del IVA mediante la presentación de la Declaración Informativa Múltiple, en términos del capítulo 2.20 "Declaración Informativa Múltiple vía Internet y por medios magnéticos" de esta resolución. Sin embargo, la regla 2.20.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004-2005 dispone que para efectos de la Declaración informativa múltiple, las personas físicas que sólo estén obligadas a presentar la información del IVA, de acuerdo con el artículo 32, fracción VII, de la ley de...
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