El Perito Médico Forense en los Juicios Orales
Criminogenesis › Núm. 7, Septiembre 2010
Enlazado como:
Criminogenesis › Núm. 7, Septiembre 2010
Enlazado como:Resumen
Reformas Constitucionales de Seguridad y Justicia del 6/03/08, del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley de la Policía Federal Preventiva, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República del 23 de enero del 2009.-La Medicina y el Derecho.- La Medicina Legal.-El Perito Médico Forense.-El Peritaje Médico Forense.-La importancia del Perito en Medicina Forense.-Cualidades Intelectuales y Morales del Perito Médico Forense.-Las Reglas fundamentales de la Investigación Científica de Descartes.
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
El Perito Médico Forense en los Juicios Orales
Con base a las reformas Constitucionales de Seguridad y Justicia contemplados en los Artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73, 115, 123 aprobadas el 6/03/2008, así como de las reformas del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley de la Policía Federal Preventiva, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la miscelánea penal publicada en el Diario Oficial de la Federación en fecha 23 deenero de la presente anualidad, numerales en los que se especifica o se establece que el pilar fundamental del Procedimiento Penal será Acusatorio y Oral como garantía de transparencia, rapidez y eficiencia en la administración de justicia, en esa virtud es la oralidad, circunstancia que determina que la etapa de debate, de pruebas y de decisiones del proceso criminal se denomine como Juicio Oral. A. De los principios generales: I. El proceso penal tendrá por objeto el esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen. II. Toda audiencia se desarrollará en presencia del juez, sin que pueda delegar en ninguna persona el desahogo de la valoración de las pruebas, la cual deberá realizar de manera libre y lógica. III. Para los efectos de la sentencia solo se considerarán como prueba aquellas que hayan sido desahogadas en la audiencia de juicio. La ley establecerá las excepciones y requisitos para admitir enjuicio la prueba anticipada, que por su naturaleza requiera de desahogo previo. IV. El juicio se celebrará ante unjuez que no haya conocido del caso previamente. La presentación de los argumentos y los elementos probatorios se desarrollarán de manera pública, contradictoria y oral. Y La carga de la prueba para demostrar la culpabilidad corresponde a la parte acusadora o Fiscal, conforme lo establezca el tipo penal. Las partes tendrán igualdad procesal para sostener la acusación o la defensa respectivamente. VI. Ningún juzgador podrá tratar asuntos que estén sujetos a proceso con cualquiera de las partes sin que esté presente la otra, respetando en todo momento el princip...
Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex México
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Otros documentos:
tribunales colegiados de circuito nº 253580 de tesis jurisprudenciales april 21 2007 caso tesis jurisprudencial de tribunales colegiados de circuito... | Tesis de 4ª Sala (caso Tesis Jurisprudencial de Cuarta Sala, Tesis aislada) | Tesis de 1ª Sala (caso Tesis Jurisprudencial de Primera Sala, Tesis aislada) | tesis de 3ª sala caso tesis jurisprudencial de tercera sala tesis aislada | Sentencia nº 408/2011 de TSJ Castilla-La Mancha Albacete Sala de lo Contencioso June 30 2011 | stoner vuelve al trabajo dominando en sepang | Cine africano en el Filarmónica Violonchelos en el Conservatorio | Sentencia nº 122/2012 de TSJ Castilla y León (Valladolid), Sala de lo Contencioso, January 27, 2012