El Perito Médico Forense en los Juicios Orales

CriminogenesisNúm. 7, Septiembre 2010

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Resumen


Reformas Constitucionales de Seguridad y Justicia del 6/03/08, del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley de la Policía Federal Preventiva, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República del 23 de enero del 2009.-La Medicina y el Derecho.- La Medicina Legal.-El Perito Médico Forense.-El Peritaje Médico Forense.-La importancia del Perito en Medicina Forense.-Cualidades Intelectuales y Morales del Perito Médico Forense.-Las Reglas fundamentales de la Investigación Científica de Descartes.

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Extracto


El Perito Médico Forense en los Juicios Orales

Con base a las reformas Constitucionales de Seguridad y Justicia contemplados en los Artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73, 115, 123 aprobadas el 6/03/2008, así como de las reformas del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley de la Policía Federal Preventiva, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la miscelánea penal publicada en el Diario Oficial de la Federación en fecha 23 deenero de la presente anualidad, numerales en los que se especifica o se establece que el pilar fundamental del Procedimiento Penal será Acusatorio y Oral como garantía de transparencia, rapidez y eficiencia en la administración de justicia, en esa virtud es la oralidad, circunstancia que determina que la etapa de debate, de pruebas y de decisiones del proceso criminal se denomine como Juicio Oral. A. De los principios generales:

I. El proceso penal tendrá por objeto el esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen.

II. Toda audiencia se desarrollará en presencia del juez, sin que pueda delegar en ninguna persona el desahogo de la valoración de las pruebas, la cual deberá realizar de manera libre y lógica.

III. Para los efectos de la sentencia solo se considerarán como prueba aquellas que hayan sido desahogadas en la audiencia de juicio. La ley establecerá las excepciones y requisitos para admitir enjuicio la prueba anticipada, que por su naturaleza requiera de desahogo previo.

IV. El juicio se celebrará ante unjuez que no haya conocido del caso previamente. La presentación de los argumentos y los elementos probatorios se desarrollarán de manera pública, contradictoria y oral.

Y La carga de la prueba para demostrar la culpabilidad corresponde a la parte acusadora o Fiscal, conforme lo establezca el tipo penal. Las partes tendrán igualdad procesal para sostener la acusación o la defensa respectivamente.

VI. Ningún juzgador podrá tratar asuntos que estén sujetos a proceso con cualquiera de las partes sin que esté presente la otra, respetando en todo momento el princip...

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