Pensiones de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas131-167

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NuevoSistemadePensiones

Has ta ju nio de 1997, para ob te ner una pen sión era ne ce sa rio co ti zar en el se gu ro de in -validez,vejez,cesantía enedadavanzadaymuerte;sinembargo, tantolas aportacionespatronales,comolasdelostrabajadoressedepositabanenunfondocomún,administrado por el IMSS. Ello propició que la institución utilizara tales fondos para solventarlas necesidadesgeneradas porlosotrosseguros(enfermedadesymaternidad, ries gos de tra ba jo, y guar de rías) y que, en su mo men to, los re cur sos ne ce sa rios paracumplirconlaspensionesfueraninsuficientes.

Antetalsituaciónelgobiernofederalasumiólaresponsabilidaddelpagodetalespensiones y, a par tir del 1o. de ju lio de 1997 se ini ció la apli ca ción del nue vo Sis te ma de Pen sio -nes, don de cada tra ba ja dor afi lia do por su pa trón al IMSS po drá co no cer y lle var un con -trol de los fon dos acu mu la dos para ob te ner una pen sión ra zo na ble al fi nal de su vida laboral.

Enefecto,ahoracadatrabajadoradministramedianteunacuentaindividual,lascuotas obrero-patronalesquesupatrónenteraalIMSS.

Al res pec to, el ar tícu lo 159, frac ción I, de la LSS de fi ne a la cuen ta in di vi dual como si gue:

LacuentaindividualesaquellaqueseabriráparacadaaseguradoenlasAdministradoras de Fon dos para el Re ti ro, para que se de po si ten en la mis ma las cuo tas obre ro- pa tro na les y es ta tal por con cep to del se gu ro de re ti ro, ce san tía en edad avan za da y ve jez, así como losrendimientos.

¿Qué son las Afore

LasAdministradorasdefondosparaelretiro,sonentidadesfinancieras–autorizadas por la SHCP– que se de di can a ad mi nis trar los fon dos de po si ta dos en la cuen ta in di vi -dual,comúnmenteseconocencomoAfore, por las le tras ini cia les de su nom bre, és tas ope ran bajo el nue vo es que ma de pen sio nes y tie nen el ob je ti vo de ofre cer una me jor pen sión al mo men to del re ti ro de la vida la bo ral de los trabajadores.

Se gún el ar tí cu lo 18 de la Ley de los Sis te mas de Aho rro para el Re ti ro (LSAR), la de fi ni -ción de Afore es la si guien te:

Sonentidadesfinancieras, quesededicandemanera,habitualyprofesionalaadministrar lascuentasindividualesycanalizar losrecursosdelassubcuentasquelasintegranentérmi nos de la pre sen te ley, así como a ad mi nis trar so cie da des de in ver sión.

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Enlaactualidad,lostrabajadorescuentan condiversasalternativas paraelegirlaAfore másconvenienteporgenerarlesmayoresbeneficiosyrendimientos,puesalfinaldesu vida la bo ral se rán ellos los que ha rán uso del di ne ro aho rra do en su cuen ta in di vi dual. Sin embargo,debeconsiderarsequeindependientementedelatasa deinterésqueseofrece,estasinstitucionescobrancomisionesquedisminuyenlosrendimientosdelahorro.

A la fe cha son 15 las Afo re en car ga das de ad mi nis trar los fon dos para el re ti ro, las cua les son: Afir me Bajío, Azte ca, Inver cap, Inbur sa, Ba na mex, Met li fe, Afo re XXI, ING, Ban co -mer,Coppel,Principal,HSBC,BanorteGenerali,ProfuturoGNPyPension-ISSSTE.

CuentaIndividual

En tér mi nos del ar tícu lo 159, frac ción I, de la LSS, lacuentaindividualseintegraportres subcuentasdondesedepositanlasaportacionesencaminadasasatisfacerdiferentes tiposdenecesidades.Laexistenciadeestassubcuentasgarantizaunamejoradministra ción de los re cur sos. Ta les sub cuen tas son las si guien tes:

a) De re ti ro, ce san tía en edad avan za da y ve jez.

b) Devivienda.

c) Deaportacionesvoluntarias.

Cuenta individual Subcuentadeaportaciones voluntarias Apor ta ción li bre del pa trón o del pro pio trabajador
Subcuentadevivienda Aportaciónpatronal5%
Subcuentaderetiro cesantíayvejez Patrón: 2% de re ti ro y 3.150% para ce san tía en edad avan za da y ve jez
Trabajador: 1.125%
Gobierno: 7.143% de la cuo ta pa tro nal por ce san tía en edad avan za da y ve jez
Cuotasocial paratrabajadores(segúnelSBC deltrabajador)

Cuotasocialparalostrabajadores acargodelgobiernofederal

La cuo ta so cial a car go del go bier no fe de ral para los tra ba ja do res que ga nen has ta 15 SMG del DF se de po si ta rá en la sub cuen ta de re ti ro, ce san tía y ve jez.

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En efec to, con fe cha 26 de mayo de 2009 el IMSS dio a co no cer en el DOF el De cre to por el que se re for man di ver sas dis po si cio nes de la Ley del Se gu ro So cial, mis mo que en tró en vi gor el día si guien te al de su pu bli ca ción; es de cir, el 27 de mayo.

Con di chas re for mas se mo di fi có el ar tícu lo 168, frac ción IV de la LSS, para se ña lar que el go bier no fe de ral debe apor tar de ma ne ra men sual una can ti dad por cada día de sa la -rio co ti za do por con cep to de cuo ta so cial para los tra ba ja do res que ga nen has ta 15 ve -ces el SMG en el DF, mis ma que se de po si ta rá en la cuen ta in di vi dual de cada tra ba ja -doraseguradoconformealatablasiguiente:

Salariobasedecotización del trabajador(en veceselSMG vi gen te en el DF) Cuotasocial
1 $3.87077
1.01 a 4 $3.70949
4.01 a 7 $3.54820
7.01 a 10 $3.38692
10.01 a 15 $3.22564

Losvaloresdelimporte delacuotasocialseactualizarántrimestralmentedeacuerdo con el INCP, en los me ses de mar zo, ju nio, sep tiem bre y di ciem bre de cada año.

Anteriormente,seestablecíacomocuotasocialacargodelgobiernofederalel5.5%del SMG vi gen te en el DF para to dos los tra ba ja do res con per cep cio nes des de uno has ta
25 SMG vi gen tes en el DF.

Subcuentadeaportaciones voluntarias

Se gún el ar tí cu lo 192 de la mis ma LSS, los tra ba ja do res ten drán en todo tiem po el de re -choarealizaraportacionesvoluntariasasucuentaindividual,yaseaporconductode su pa trón al efec tuar se el en te ro de la cuo tas o por sí mis mos, en am bos ca sos, las aportacionessedepositaránenlasubcuentadeaportacionesvoluntarias.

Tambiénlospatronespodránhaceraportacionesadicionalesalasubcuentadeaportacionesvoluntarias,mismasqueseentenderánadicionalesalosbeneficiosestablecidosenloscontratoscolectivosdetrabajo.

Talesaportacionestienenundoblebeneficio,enprincipiocontribuyenalincremento delmontoconstitutivodestinadoalapensión,perocomosetratadeaportacionesdirectastambiénpuedenservirdeinversión,gozandodelosrendimientosproporcionadosporlasSociedadesdeInversiónEspecializadasdeFondosparaelRetiro(Siefore). En este caso, el tra ba ja dor po drá ha cer re ti ros de la sub cuen ta de apor ta cio nes vo lun -ta rias por lo me nos una vez cada seis me ses.

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Subcuentaderetiro,cesantíayvejez

Segúnseanalizó,losporcentajesaportadosalseguroderetiro,cesantíaenedadavanza da y ve jez son de na tu ra le za tri par ti ta; es de cir, del pa trón, del tra ba ja dor y del go bier -nofederalysecalcularán sobreelsalario basedecotización.

Losrecursosdepositadosenestasubcuentanopodránretirarse,sinohastacumplirlaedad re que ri da para pen sio nar se: de 60 a 64 años, por ce san tía en edad avan za da o 65 por ve jez.

RecursosdelSAR 1992-1997

El 24 de fe bre ro de 1992 se in te gró a la LSS, el SAR, don de el pa trón de po si ta ba en una institucióndecréditoelimportede2.0%,calculadosobreelSBC delostrabajadores.Así, lasaportacionespatronales,porconceptoderetiro,permanecieronhastael30dejunio de 1997 y fue ron de po si ta das en una sola cuen ta.

Lasinstitucionesdecréditodebíanentregaracadatrabajadorunestadodecuentadonde sedetallabaelimportedelasaportacionesrealizadasporelpatrónporconceptoderetiro.

Asimismo,medianteloscomprobantesSAR-03quelostrabajadoresrecibíandesuspatrones,podíancotejarconelbanco,elimporteacumuladodelasaportacionesderetiro.

A par tir del ini cio de vi gen cia de la nue va LSS (1o. de ju lio de 1997), las Afore fue ron fa -cultadaspararealizarlostraspasosyconcentrar enlacuentaindividualdeltrabajador, los sal dos acu mu la dos de 1992 a 1997.

Pararealizardichostraspasos,lasinstitucionesrequirierondelostrabajadores,loses-tadosdecuentaemitidosporlainstitucióndecréditoquemanejabalaantiguacuenta delSAR, los com pro ban tes en tre ga dos por el pa trón y –de ser po si ble– el for mu la rio conelcualelempleador realizabalasaportaciones.

Porloanterior,esimportantequelostrabajadoresinscritosconformealaLSS,vigente has ta el 30 de ju nio de 1997 rea li cen los tras pa sos mencionados, pues re pre sen tan un incrementoalosfondosacumuladosenlasubcuentaderetiro,cesantíaenedadavanza da y ve jez que se des ti na rán a la pen sión.

Nuevasubcuenta deAportacionesComplementariasdeRetiro

AlpublicarseenelDOF del 10 de di ciem bre de 2002 el De cre to por el que se re for man, adicionanyderogandiversasdisposicionesdelaLSAR,seadicionóalacuentaindividuallasubcuentadeAportacionesComplementariasdeRetiroqueserviráparaquelos trabajadoresincrementenelmontosupensiónosolicitenladevoluciónenunasolaexhi bi ción al fi nal de su vida la bo ral, sólo que en tér mi nos del ar tícu lo 74, quin to pá rra fo de

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la LSAR, las apor ta cio nes que se rea li cen a esta sub cuen ta sólo po drán re ti rar se cuan -doeltrabajadorafiliadotengaderechoadisponerdelasaportacionesobligatorias,ya seaparacomplementar,cuandoasílosoliciteeltrabajador,losrecursosdestinadosal pago de su pen sión, o bien para re ci bir las en una sola ex hi bi ción.

HayqueaclararquelasdisposicionesaplicablesalasubcuentadeAportacionesComple men ta rias de Re ti ro, en tra ron en vi gor el 9 de ju nio de 2004; es de cir, al día si guien te de la fe cha en que la Co mi sión Na cio nal del Sis te ma de Aho rro para el Re ti ro (Con sar) dio a co no cer el Acuer do me dian te el cual se hace del co no ci mien to pú bli co el de sa rro -llodelossistemasoperativosnecesariosparalaaplicaciónconcretadetalespreceptos y, en vir tud de que el 8 de ju nio...

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