130. Pensión de viudez
- Pensión por viudez. El artículo 154, fracción II, de la derogada Ley del Seguro Social, al limitar su disfrute a que el trabajador al contraer matrimonio tenga más de cincuenta y cinco años de edad y fallezca antes de que transcurra un año a partir de su celebración, a menos de que hubiera procreado hijos, viola las garantías de igualdad y seguridad social: (Tesis Aislada num. I.6o.T.469 L, Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Abril de 2011)
- Pensión de viudez en favor de la concubina. Procede su otorgamiento cuando haya tenido hijos con el asegurado, si en la fecha de su fallecimiento ambos estaban libres de matrimonio: (Tesis Jurisprudencial num. 2a./J. 192/2010 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Enero de 2011 (Contradicción de tesis), Ejecutoria num. 2a./J. 192/2010 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala)
- Pensión de viudez. Tiene derecho la concubina que concibió un hijo con el trabajador fallecido cuando todavía éste tenía un vínculo matrimonial con diversa persona pero tramita el divorcio, y quedó libre por haber causado ejecutoria la sentencia relativa: (Tesis Aislada num. III.2o.T.201 L, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 1 de Julio de 2010)
- Pensión por viudez. La que recibe la beneficiaria de un trabajador del Instituto Mexicano del Seguro Social, se integra con los recursos relativos a la Ley del Seguro Social y al Régimen de Jubilaciones y Pensiones y, por ello, no tiene derecho a la devolución de los recursos de cesantía en edad avanzada y vejez: (Tesis Aislada num. I.6o.T.429 L, Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Diciembre de 2009)
- Pensión por viudez. El acreditamiento de la dependencia económica respecto de la trabajadora asegurada fallecida a que condiciona el artículo 130, párrafo segundo, de la Ley del Seguro Social para su otorgamiento, se estableció tanto para el viudo como para el concubinario, sin embargo tal condicionante ha sido declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (Ejecutoria num. 2a./J. 132/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, Tesis Jurisprudencial num. 2a./J. 132/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Septiembre de 2009 (Contradicción de tesis))
- Pensiones de viudez y orfandad. Cuando se demanda su otorgamiento con fundamento en los artículos 153 y 157 de la Ley del Seguro Social abrogada, por la muerte del asegurado, o bien porque...
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