Obligaciones patronales ante la terminación laboral derivada del estado de invalidez del trabajador

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De 1997 a 2004, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se dio a la tarea de determinar un perfil epidemiológico de las enfermedades de mayor incidencia para propiciar el estado de invalidez en México.

Así, se realizó el acopio de información de los formatos MT-4 denominado "Dictamen de invalidez", registrando los antecedentes médicos en una base de datos y se procesó, a través de un programa donde se capturaron las variables tanto del perfil del hombre como de la mujer, el perfil del puesto y la región donde se radica o desempeñan las labores, pues existe una relación estricta entre las labores que requieren esfuerzo físico intenso y los factores a los que se está expuesto, además del factor genético.

De tal información se concluyó que las enfermedades con mayor incidencia son las siguientes: articular degenerativa de columna; maculopatía degenerativa; artritis reumatoide, cataratas; cardiopatía isquémica en sus fases de infarto agudo del miocardio, angina estable, angina inestable, cardiopatía mixta (isquémica e hipertensiva), isquémica yateroesclerosaydesecuelas; diabetes mellitus; retinopatía proliferativa; neuropatía sensorio motora bilateral; nefropatía avanzada. También se concluyó que el grupo de enfermedades que predominaron fueron las del sistema osteomuscular y tejido conjuntivo, la edad al dictaminar la invalidez fue inferior a los 40 años en las enfermedades genitourinarias y superior a los 50 años en las del aparato circulatorio. Los subgrupos de enfermedades que predominaron fueron dorsopatías y enfermedades de otras glándulas endocrinas.

Otro estudio indicó que aunque en menor incidencia existen enfermedades que por su naturaleza están relacionadas con las costumbres y creencias, y el medio ambiente que los rodea, tal es el caso del síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA), el tabaquismo y la drogadicción.

Asimismo, otra causal de invalidez puede ser un accidente ajeno a la actividad laboral, mismo que a veces, por la gravedad del mismo, ocasiona imposibilidad para realizar cualquier actividad.

Cuando surge una enfermedad o accidente ajeno al trabajo, que por sus características denota que se puede calificar como un estado de invalidez, las consecuencias que se presentan son de diversa índole, pero las que más afectan están relacionadas con el trabajo, pues durante el tratamiento se tendrán que suspender las labores y obtener los certificados de incapacidad que respaldan las faltas al centro laboral.

Dichos certificados pueden extenderse hasta por un periodo de 52 semanas, contados a partir del comienzo de la enfermedad y prorrogarse por otras 52 semanas.

Así, durante tal periodo de incapacidad se entiende que subsiste la relación laboral aunque no exista obligación patronal de pagar salario ni la prestación del servicio por parte del trabajador, pues los certificados de incapacidad estarán respaldando ambas partes; por tanto, el empleador esperará el dictamen de invalidez (formato ST-4) para concluir la relación laboral.

Debe aclararse que al ser emitido el dictamen, se generará el derecho para el asegurado de gozar de la pensión por invalidez que otorgue el IMSS, ésta será temporal o definitiva. En la primera, se determinará un periodo de recuperación para que al término del mismo, el médico del instituto realice la evaluación procedente, y pueda establecer si se expide la pensión definitiva o es declarado apto para la vida laboral. Una vez que se otorga la segunda (pensión definitiva), ya no hay revisión periódica del estado de inhabilidad del asegurado.

Definición de invalidez

De acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española se entiende por invalidez el estado en el que se encuentra una persona que padece un defecto físico o mental, ya sea congénito o adquirido, que le impide o dificulta alguna de sus actividades.

Sin embargo, para efectos de seguridad social, se entiende que existe invalidez cuando el asegurado se halle...

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