Planeación patrimonial y sucesoral (estate planning)

AutorCorporativo Reyes Mora Advisors

La primera, porque la existencia humana es efímera. La segunda, porque la vida en comunidad implica obligaciones de contribución hacia la atención de necesidades generales y porque, paradójicamente, al terminar aquella aparecen éstos —los impuestos—, aplicables sobre bienes y rentas que el fallecido no pudo tomar para sí.

Así como en el curso de los días la ciencia lucha por alargar la vida, la tecnología y los avances nos hacen pensar más en los segundos —los impuestos—, tanto para planearlos como para racionalizarlos. Ello equivale a buscar herramientas transparentes y válidas desde los ángulos jurídico y ético para liquidar lo justo, cual es lo que corresponde al nivel efectivo de riqueza. Racionalizar es planear, planificar, ordenar y organizar, no evadir.

Sobre los pasos del día a día se aplican gravámenes (renta, iva, timbre y otros) tanto o más pesados cuanto menos se hayan programado las diversas operaciones que los causan.

En el entretanto, durante el curso de la existencia aparecen otras cargas también exigentes de cuidado, como lo son las diferencias entre socios, compañeros y cónyuges.

Finalmente, la muerte aparece cabalgando junto a los tributos, que caen en forma efectiva y despiadada sobre los hombros de quienes reciben herencias o legados que no fueron sometidos a una organización estructurada y visionaria.

El hacedor de una fortuna debe analizar tanto la forma de acrecentarla como el diseño del mejor esquema para protegerla y manejarla cuando sus luces e inteligencia fallen o falten. He ahí el deber del empresario y del padre, aquél frente a sus accionistas o socios, éste respecto a sus hijos.

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