¿Deben tener el carácter de una partida deducible para efectos del ISR, las erogaciones relacionadas con la prestación de servicios personales subordinados que se disminuirán de la PTU pagada, para determinar el importe deducible de este concepto?

Práctica FiscalNúm. 363, Mayo 2004

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Abogados Fiscal

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¿Deben tener el carácter de una partida deducible para efectos del ISR, las erogaciones relacionadas con la prestación de servicios personales subordinados que se disminuirán de la PTU pagada, para determinar el importe deducible de este concepto?

Me desempeño como contador general de una persona física que tributa en el régimen de las actividades empresariales y profesionales, cuya actividad preponderante es la comerc...

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