Participación de los trabajadores en las utilidades (PTU)
Autor | Jaime Domínguez Orozco/Cuauhtémoc Reséndiz Núnez |
Páginas | 123-126 |
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Esta ley establece la obligación de los patrones de participar a los trabajadores en las utilidades que obtengan. En el artículo 125 de dicha ley se establece que una comisión integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón formularán el proyecto, que determine la participación de cada trabajador y lo fijarán en lugar visible del establecimiento; para este fin, el patrón pondrá a disposición de la comisión la lista de asistencia y de raya de los trabajadores y los demás elementos de que disponga.
En el Diario Oficial de la Federación del 3 de febrero de 2009 fue publicada la Resolución de la Quinta Comisión de la PTU, en la que se establecen las bases para efectuar el reparto de utilidades.
En los términos de esta resolución, los trabajadores deberán participar en un 10% de las utilidades de las empresas a las que presten sus servicios.
En el artículo Primero de la Resolución de la Quinta Comisión Nacional de la PTU, se establece que la participación en las utilidades de las empresas será sobre la renta gravable determinada de conformidad con las disposiciones de la Ley del ISR.
Son sujetos obligados a participar utilidades todas las unidades económicas de producción o distribución de bienes o servicios, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley Federal del Trabajo, y en general, las personas físicas o morales que siendo contribuyentes del ISR tengan trabajadores a su servicio.
Las empresas a que se refiere el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, como son:
1. Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
2. Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los 2 primeros años de funcionamiento. La
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determinación de la novedad del producto se ajustará a lo que dispongan las leyes para el fomento de industrias nuevas.
3. Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración.
4. Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósito de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
5. El IMSS, las instituciones públicas descentralizadas con fines...
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