Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. VI-P-2aS-226

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
VI-P-2aS-226
INCOMPETENCIA TERRITORIAL.- CONOCERÁN DEL INCIDENTE
LAS SECCIONES DE LA SALA SUPERIOR QUE POR TURNO CORRES-
PONDA.- Con fundamento en el artículo 23, fracción VII de la Ley Orgánica de este
vigor desde el 7 siguiente del mismo mes y año, son facultades de las Secciones,
entre otras resolver los conflictos de competencia que se susciten entre las Salas
Regionales. En ese orden de ideas, si una de las partes en el juicio plantea la incompe-
tencia en razón del territorio a que se refiere el artículo 30, último párrafo, de la Ley
corresponderá conocer de la misma a las Secciones de la Sala Superior que por
turno corresponda. (53)
Incidente de Incompetencia Núm. 1937/08-07-02-9/18381/08-17-08-3/404/09-S2-08-
06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 23 de abril de 2009, por unanimidad de
5 votos a favor.- Magistrada Ponente: Olga Hernández Espíndola.- Secretario: Lic.
Juan Carlos Perea Rodríguez.
(Tesis aprobada en sesión de 23 de abril de 2009)
PRECEDENTE:
VI-P-2aS-142
Incidente de Incompetencia Núm. 30742/06-17-07-8/1052/08-S2-07-06.- Resuelto por
la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, en sesión de 16 de octubre de 2008, por unanimidad de 5 votos a

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