Obligatoria, la inscripción anual al Sistema de Información Empresarial Mexicano

Práctica FiscalNúm. 391, Marzo 2005

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Abogados Fiscal

Resumen


La obligación anual de inscribirse al Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM) es para las personas físicas o morales que tienen el carácter de comerciantes o industriales, y debe ser cumplida por las empresas dentro del primer bimestre de cada año. Es importante mencionar que también aplica a las empresas de nueva creación, las cuales deben inscribirse en los dos meses siguientes a la fecha de su constitución.

En la presente edición se analiza el procedimiento para realizar la inscripción anual ante el SIEM, así como las disposiciones más relevantes de la nueva Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, publicada el 20 de enero de 2005 en el Diario Oficial de la Federación.

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Extracto


Obligatoria, la inscripción anual al Sistema de Información Empresarial Mexicano

Desde hace algunos años, México está conformado por una gran diversidad de empresas; sin embargo, no existía un registro de cada una de ellas por lo que en ninguna entidad o dependencia gubernamental se podía consultar acerca de la totalidad de las ya existentes en determinada rama o sector empresarial.

La poca información con la que se contaba era aquella recabada a través de censos y encuestas industriales pero dicha información era incompletay resultaba insuficiente para realizar tareas de promoción, pues no se conocía la totalidad de empresas ni mucho menos los datos específicos de cada una de ellas.

Considerando la necesidad de contar con información específica de las empresas que integran cada sector o zona geográfica para realizar programas de integración industrial, la subsecretaría de Promoción de la Industria y el Comercio Exterior -en la actualidad la subsecretaría para la pequeña y mediana empresas- a principios de 1996 se enfocó en la instrumentación y desarrollo del Sistema de Información Empresarial (SIEM).

Dich...

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