Obligados a dictaminarse para efectos del IMSS que opten por no hacerlo. Documentación que deberán entregar al instituto

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Introducción

El 30 de junio de 2010, la SHCP dio a conocer en el DOF el Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria.

Conforme al artículo tercero de este decreto, los contribuyentes que en términos del artículo 16 de la LSS se encuentren obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el IMSS, podrán optar por no presentar dicho dictamen, siempre que presenten la información en los plazos y medios que mediante reglas de carácter general establezca el IMSS.

Al respecto, el IMSS dio a conocer el 3 de diciembre de 2010, las Reglas generales para el cumplimiento de la obligación prevista en el artículo tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado el 30 de junio de 2010, las cuales especifican la información que deberán presentar los patrones que teniendo la obligación de dictaminarse por contador público autorizado, opten por no hacerlo.

Se comentan al efecto, las principales disposiciones por cumplir de aquellos patrones obligados que opten por no presentar el dictamen para efectos del seguro social.

Información por entregar al IMSS de aquellos patrones que no dictaminen el cumplimiento de sus obligaciones ante el seguro social

De acuerdo con la regla 5 de las reglas publicadas el 3 de diciembre de 2010, los patrones que tengan obligación de dictaminarse pero que opten por no hacerlo, deberán presentar al IMSS la documentación siguiente:

1. Escrito libre firmado por el patrón o su representante legal, en el que se manifieste la solicitud para optar por las facilidades a que hace referencia el artículo tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria.

2. Acta constitutiva de la sociedad o asociación, y modificaciones a la misma, debidamente inscritas en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio que corresponda.

3. Poder notarial para actos de administración o para pleitos y cobranzas del representante legal.

4. Identificación oficial del...

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