Otras obligaciones en materia del INFONAVIT

AutorJosé Pérez Chavez/Eladio Campero Guerrero
Páginas449-457

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1. Proporcionar información al Infonavit

Según el artículo 29, fracción IV, de la Ley del Infonavit, los patrones tendrán la obligación de proporcionar a dicho instituto, los elementos necesarios para precisar la existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones a su cargo, establecidas en la citada Ley y sus disposiciones reglamentarias.

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2. Atender los requerimientos de pago e información del Infonavit

Conforme a la fracción VI del artículo 29 de la Ley del Infonavit es obligación de los patrones atender los requerimientos de pago e información que les formule el mencionado instituto, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes.

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3. Presentar al Infonavit informes sobre la situación fiscal y anexos del dictamen fiscal

La fracción VIII del artículo 29 de la Ley del Infonavit indica que es obligación de los patrones presentar ante el referido Instituto, copia con firma autógrafa del informe sobre la situación fiscal del contribuyente, con los anexos referentes a las contribuciones por concepto de aportaciones patronales, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento del CFF, cuando en los términos de dicho precepto estén obligados a dictaminar, por contador público autorizado, sus estados financieros.

Al respecto, conforme a los artículos 6o., fracción XV y 8o., fracción I, del Rimpiolin-fo, se considera como infracción el no presentar al Infonavit la información antes señalada, en cuyo caso, se impondrá multa de 3 a 150 veces el SMG diario vigente en el Distrito Federal.

Asimismo, cualquier otro patrón podrá optar por dictaminar por contador público autorizado el cumplimiento de sus obligaciones ante el Infonavit, en los términos de las disposiciones reglamentarias correspondientes.

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4. Otras obligaciones

De acuerdo con la fracción IX del artículo 29 de la Ley del Infonavit, los patrones deberán cumplir con las demás obligaciones previstas en la señalada Ley y sus reglamentos.

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