Otras obligaciones en el ISR
Autor | José Pérez Chavez/Eladio Campero Guerrero |
Páginas | 309-323 |
Page 309
Los empleadores deberán expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por sueldos y salarios, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral [artículos 132, fracciones VII (constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido) y VIII (constancia escrita relativa a los servicios de los trabajadores), y 804, primer párrafo, fracciones II (recibo de pagos de salarios) y IV (comprobante de pago de PTU, de vacaciones y de aguinaldos, así como de las primas referidas en la Ley laboral), de la LFT].
Los empleadores obligados a expedir los comprobantes fiscales referidos, deberán consignar en los mismos todos los datos de la persona que le hubiera prestado servicios personales subordinados y devolver al trabajador el original de los comprobantes fiscales expedidos por otros empleadores que le hubiera entregado el trabajador durante el año de calendario de que se trate, conservando copias de estos últimos.
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Es obligación de los empleadores, solicitar, en su caso, a las personas que contraten para prestar servicios subordinados, las constancias y los comprobantes fiscales a que se refiere el numeral anterior, a más tardar dentro del mes siguiente a aquel en que se inicie la prestación del servicio, y cerciorarse de que se encuentren inscritos en el RFC.
(Art. 99, fracción IV, primer párrafo, LISR)
En caso de que el trabajador no proporcione las constancias y los comprobantes fiscales al empleador dado que no laboró en el transcurso del año con otro patrón, es importante que se le solicite a dicho trabajador, un escrito en el que conste tal situación.
Ejemplo:
México, D.F. a_____de_______________de________.
(NOMBRE DE LA EMPRESA)
(NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL)
PRESENTE:
En relación con el requerimiento que se me hiciera al ingresar a esta empresa, respecto de las constancias y los comprobantes fiscales de mi empleo anterior, por este conducto hago constar a usted, bajo protesta de decir verdad, que no tuve otros ingresos por salarios durante el ejercicio de enero a diciembre de__, sino hasta la fecha en que ingrese a esta empresa.
Atentamente,
Nombre y firma del trabajador
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Es obligación de los empleadores, solicitar a los trabajadores que les comuniquen por escrito antes de efectuar el primer pago, si prestan servicios a otro empleador y éste les aplica el subsidio para el empleo, a fin de...
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- Manual para el control integral de las nóminas 2016
- Abreviaturas
- Introducción
- La gerencia de recursos humanos
- La relación de trabajo
- Tratamiento de los conceptos que integran la nómina
- Previsión social
- Determinación de la parte deducible en el ISR correspondiente a los pagos a trabajadores que se encuentren exentos de este impuesto
- El salario base de cotización
- Obligaciones laborales de los patrones
- Calculo y retención del ISR por salarios
- Calculo del ISR anual de los trabajadores
- Otras obligaciones en el ISR
- Inscripción como patrón ante el IMSS e INFONAVIT
- Inscripción de los trabajadores y avisos ante el IMSS e INFONAVIT
- Calculo y entero de las cuotas obrero-patronales
- Calculo de las aportaciones ante el INFONAVIT
- Presentar declaración de riesgos de trabajo
- Otras obligaciones en materia del IMSS
- Otras obligaciones en materia del INFONAVIT
- Obligaciones adicionales de los patrones del ramo de la construcción
- Impuesto sobre nóminas
- Beneficios y estímulos fiscales
- Ingresos asimilados a salarios
- Sueldos pagados a residentes en el extranjero
- Obligaciones de los trabajadores
- Anexo I
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