Objetivos y Procedimientos de Huelga
Autor | José Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin |
Páginas | 209-211 |
ARTÍCULO 450.
Objeto de la huelga
La huelga deberá tener por objeto:
Equilibrar a las partes en conflicto
I. Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital;
Celebrar contrato colectivo de trabajo y exigir su revisión
II. Obtener del patrón o patrones la celebración del contrato colectivo de trabajo y exigir su revisión al terminar el periodo de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo III del Título Séptimo;
Celebrar contrato-ley de trabajo y exigir su revisión
III. Obtener de los patrones la celebración del contrato-ley y exigir su revisión al terminar el periodo de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Título Séptimo;
Exigir el cumplimiento del contrato celebrado
IV. Exigir el cumplimiento del contrato colectivo de trabajo o del contrato-ley en las empresas o establecimientos en que hubiese sido violado;
Exigir el cumplimiento de las normas sobre PTU
V. Exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre participación de utilidades;
Apoyar el objeto de la huelga
VI. Apoyar una huelga que tenga por objeto alguno de los enumerados en las fracciones anteriores; y
Exigir la revisión de salarios contractuales
VII. Exigir la revisión de los salarios contractuales a que se refieren los artículos 399-Bis y 419-Bis.
ARTÍCULO 451.
Requisitos para suspender las labores en caso de huelga
Para suspender los trabajos se requiere:
I. Que la huelga tenga por objeto alguno o algunos de los que señala el artículo anterior;
II. Que la suspensión se realice por la mayoría de los trabajadores de la empresa o establecimiento. La determinación de la mayoría a que se refiere esta fracción, sólo podrá promoverse como causa para solicitar la declaración de inexistencia de la huelga, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 460, y en ningún caso como cuestión previa a la suspensión de los trabajos; y(1)
III. Que se cumplan previamente los requisitos señalados en el artículo siguiente.
452
al 458.-
Derogados.
ARTÍCULO 459.
Casos en que la huelga es legalmente inexistente
La huelga es legalmente inexistente si:
I. La suspensión del trabajo se realiza por un número de trabajadores menor al fijado en el artículo 451, fracción II;
II. No ha...
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