818. Objeción o tacha de testigos
- Pruebas confesional y testimonial en materia laboral. Cuando se desahogan mediante exhorto, la autoridad exhortada carece de facultades para calificar las posiciones o las preguntas, según sea el caso y, por tanto, para realizar interrogatorios libres, ya que ello corresponde a la Junta exhortante: Tesis Aislada num. XIX.1o.P.T.25 L, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito 1 de Abril de 2011
- Testimonial por exhorto en el juicio laboral. El oferente está obligado a presentar por escrito el interrogatorio respectivo, el cual no puede ampliarse durante el desahogo de la prueba: Ejecutoria num. 2a./J. 33/2010 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, Tesis Jurisprudencial num. 2a./J. 33/2010 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala 1 de Marzo de 2010 (Contradicción de tesis), Voto num. 2a./J. 33/2010 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
- Prueba testimonial en materia laboral. Si la Junta la declara desierta por imprecisión de los apellidos del testigo no obstante que su oferente demostró interés en su desahogo, ello constituye una violación a las leyes del procedimiento: Tesis Aislada num. I.9o.T.262 L, Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito 1 de Enero de 2010
- Prueba confesional. Para su ofrecimiento y desahogo, tratándose de servidores públicos del estado de Jalisco y sus municipios, debe aplicarse supletoriamente la Ley Federal del Trabajo: Tesis Aislada num. III.1o.T.107 L, Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito 1 de Enero de 2010
- Prueba confesional a cargo del síndico municipal. Su recepción es a través de oficio, por ser un alto funcionario (Legislación Burocrática del estado de Jalisco): Tesis Aislada num. III.1o.T.106 L, Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito 1 de Enero de 2010
- Testimonial en el juicio laboral. Debe estarse a la interpretación literal de la expresión 'lugar de residencia de la junta' para determinar los casos en que el oferente debe acompañar el interrogatorio escrito de la prueba, en términos del artículo 813, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo: Ejecutoria num. 2a./J. 86/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, Tesis Jurisprudencial num. 2a./J. 86/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala 1 de Julio de 2009 (Contradicción de tesis)
- Testigos ocasionales. Para que tenga validez su declaración respecto de un despido, deben dar una explicación detallada y convincente de los motivos por los que afirman estuvieron presentes en el día y lugar en que éste aconteció: Tesis, Tribunales Colegiados de Circuito 1 de Octubre de 2008
- Prueba testimonial en materia laboral a cargo del tesorero o directores de área de un ayuntamiento del Estado de San Luis Potosí. Para su valoración es inaplicable la :
- Confesional de alto funcionario público, puede desahogarse mediante oficio en aplicación analógica de las reglas que rigen para la testimonial, respecto de quien tiene esa calidad (Ley Federal del Trabajo): Tesis, Tribunales Colegiados de Circuito 1 de Mayo de 2008
- Alto funcionario público conforme a la Ley Federal del Trabajo. Los descritos como sujetos a juicio político en la constitución del estado de Chiapas deben incluirse en ese concepto: Tesis, Tribunales Colegiados de Circuito 1 de Mayo de 2008
- Prueba testimonial en el procedimiento laboral. Cuando una de las partes ofrece la de un cuarto testigo y la junta la desecha por no haberse relacionado con algún hecho, el tribunal colegiado de circuito está impedido para estudiar en el amparo la constitucionalidad o inconstitucionalidad de dicho desechamiento: Tesis, Tribunales Colegiados de Circuito 1 de Agosto de 2007
- Testimonial en materia laboral. Para acreditar la duración de la jornada de trabajo, en su desahogo rige el principio de libre interrogatorio: Ejecutoria num. 2a./J. 138/2007 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, Tesis Jurisprudencial num. 2a./J. 138/2007 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala 1 de Agosto de 2007 (Contradicción de tesis)
- Prueba testimonial en el procedimiento laboral. Para establecer su valor probatorio el juzgador debe apreciarla con base en los principios que rigen la inmediatez procesal: Tesis, Tribunales Colegiados de Circuito 1 de Junio de 2007
- Prueba testimonial en materia laboral. El número máximo de tres testigos es admisible respecto de uno o diversos hechos: Tesis, Tribunales Colegiados de Circuito 1 de Febrero de 2007
- Prueba testimonial en el procedimiento laboral. Si ante la imposibilidad del oferente de presentar a sus testigos la Junta ordenó su citación por conducto del actuario, es ilegal que posteriormente la declare desierta por la falta de comparecencia de aquéllos: Tesis, Tribunales Colegiados de Circuito 1 de Enero de 2007
- Prueba testimonial. Indebida declaración de deserción por incomparecencia de los testigos, cuando previamente la junta asumió la obligación de hacerlos comparecer: Ejecutoria num. VIII.3o. J/20, Tribunales Colegiados de Circuito, Tesis, Tribunales Colegiados de Circuito 1 de Octubre de 2006, Tesis, Tribunales Colegiados de Circuito 1 de Marzo de 2001
- PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. LOS ARTICULOS 80, 813, FRACCION II Y 880, FRACCION IV, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, NO VIOLAN LA GARANTÍA DE AUDIENCIA:
- PRUEBA TESTIMONIAL EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. LA PRESENTACIÓN DE LOS TESTIGOS POR SU OFERENTE PUEDE REALIZARSE EN CUALQUIER MOMENTO HASTA ANTES DE QUE CONCLUYA LA AUDIENCIA DE SU DESAHOGO: Tesis, Tribunales Colegiados de Circuito 1 de Agosto de 2005
- PRUEBA TESTIMONIAL EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO NO ESTABLECE QUE SEA OBLIGATORIO QUE EL INTERROGATORIO SOBRE EL CUAL DEBE LLEVARSE A CABO, SE REALICE DE MANERA IDÉNTICA PARA TODOS LOS TESTIGOS: Tesis, Tribunales Colegiados de Circuito 1 de Abril de 2005
- PRUEBA TESTIMONIAL EN MATERIA LABORAL. SI EL OFERENTE AL OFRECERLA PROPORCIONA EL NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS TESTIGOS, MANIFIESTA SU IMPOSIBILIDAD PARA PRESENTARLOS, SOLICITA SU CITACIÓN POR CONDUCTO DE LA JUNTA, Y ÉSTA AL ADMITIRLA LE IMPONE LA CARGA DE PRESENTARLOS CON EL APERCIBIMIENTO DE DESERCIÓN Y POSTERIORMENTE LO HACE EFECTIVO, ELLO CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN PROCESAL QUE TRASCIENDE AL RESULTADO DEL FALLO: Ejecutoria num. VIII.4o. J/5, Tribunales Colegiados de Circuito, Tesis, Tribunales Colegiados de Circuito 1 de Enero de 2005
- PRUEBA TESTIMONIAL RESPECTO DE TESTIGOS QUE RADICAN FUERA DEL LUGAR DE RESIDENCIA DE LA JUNTA. CUANDO EL OFRECIMIENTO Y EL INTERROGATORIO SE HAYAN FORMULADO VERBALMENTE EN LA AUDIENCIA RESPECTIVA, ES MENESTER QUE EL OFERENTE SOLICITE LA EXPEDICIÓN DE COPIAS A EFECTO DE QUE SE ADJUNTEN CON EL EXHORTO, EN VIRTUD DE QUE LAS ACTUACIONES NO PUEDEN ENVIARSE JUNTO CON AQUÉL: Tesis, Tribunales Colegiados de Circuito 1 de Enero de 2005
- VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO LABORAL. LA CONSTITUYE EL HECHO DE QUE LA JUNTA DECRETE LA DESERCIÓN DE LA PRUEBA TESTIMONIAL OFRECIDA EN QUE SE SOLICITÓ FUERAN...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba