La persecución penal del Notario en Veracruz: inconstitucionalidad de la Ley del Notariado del Estado

CriminogenesisNúm. 4, Febrero 2009

Enlazado como:
Abogados Penal

Resumen


Violación al artículo 21 Constitucional. La investigación de los delitos es facultad exclusiva del Ministerio público. Violación al principio de igualdad. Artículos 1 y 13 Constitucionales: Leyes privativas. Violación a la garantía probatoria durante la averiguación previa. Artículo 20 Constitucional, apartado A, último párrafo. Al filo de la navaja dependiendo si se es amigo o enemigo.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


La persecución penal del Notario en Veracruz: inconstitucionalidad de la Ley del Notariado del Estado

La Ley Número 850, del Estado de Veracruz nominada Ley del Notariado del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave (LNV), contiene cuatro títulos, el tercero de ellos, que es el que importa para efectos de este artículo, reza: “de la Suspensión y Terminación de la Función Notarial y de las Responsabilidades de los Notarios Públicos”; este título contiene cuatro capítulos, siendo el primero de ellos el que se nomina Disposiciones generales; dentro de estas disposiciones generales se contemplan los artículos 141 a 146, ambos inclusive. Todos estos artículos son muy importantes; sin embargo, para efectos de este estudio me referiré a los artículos 144 y 145 exclusivamente, mismos que hacen mención al procedimiento que se le seguirá a un Notario de dicho Estado en caso de que cualquier persona lo denuncie o se querelle por actos cometidos en el ejercicio de sus funciones.

El artículo 144 LNV establece:

El agente del Ministerio Público ante quien se presente una denuncia o querella en contra de un Notario por la presunta comisión de algún ilícito en ejercicio de sus funciones, la remitirá de inmediato, sin integrar investigación ministerial, al Procurador General de Justicia del Estado quien integrará una Comisión compuesta por el Director de Investigaciones Ministeriales y por el Presidente y el Secretario del Consejo.

La Comisión funcionará sin publicidad alguna y únicamente las partes interesadas tendrán acceso a...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex México

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía