Nociones del despacho de mercancias

AutorRicardo Méndez Castro
Páginas27-56

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II 1. Ley aduanera

En la actualidad, la Ley Aduanera es una de las principales normas jurídicas que regula la actividad aduanera en nuestro país, misma que deberán cumplir todas aquellas personas que estén involucradas en las operaciones de comercio exterior. Sin embargo, no es el único ordenamiento legal que interviene en dicha actividad, puesto que también existen otras leyes secundarias, por ejemplo en la parte tributaria aduanera se encuentran la Ley del Impuesto General de Importación y Exportación, la Ley de Comercio Exterior, Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto al Valor Agregado, Ley del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, Ley del Impuesto Sobre Producción y Servicios, y las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, por mencionar algunas.7

En este sentido, el artículo 1 del citado ordenamiento legal establece lo siguiente:

"Esta Ley, las de los Impuestos Generales de Importación y Exportación y las demás leyes y ordenamientos aplicables, regulan la entrada al territorio nacional y la salida del mismo de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen, el despacho aduanero y los hechos o actos que deriven de éste o de dicha entrada o salida de mercancías. El Código Fiscal de la Federación se aplicará supletoriamente a lo dispuesto en esta Ley.

Están obligados al cumplimiento de las citadas disposiciones quienes introducen mercancías al territorio nacional o las extraen del mismo, ya sean sus propietarios, poseedores, destinatarios, remitentes, apoderados, agentes adua-

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nales o cualesquiera personas que tengan intervención en la introducción, extracción, custodia, almacenaje, manejo y tenencia de las mercancías o en los hechos o actos mencionados en el párrafo anterior.

Las disposiciones de las leyes señaladas en el párrafo primero se aplicarán sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados internacionales de que México sea parte".

II 2. Despacho aduanero

Primeramente, debo precisar el significado de despacho aduanero, para lo cual, comentaré dos definiciones interesantes, la primera es la elaborada por la Organización Mundial de Aduanas (OMA)8 y la segunda se encuentra plasmada en nuestra Ley Aduanera.

El glosario de la OMA, define el despacho aduanero como el "cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para poner las mercancías importadas a libre disposición o para colocarlas bajo otro régimen aduanero o también para exportar mercancías".9

Por otro lado, el artículo 35 de la Ley Aduanera señala que se entenderá por Despacho Aduanero "el conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y a su salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos en el presente ordenamiento, deben realizar ante la aduana, las autoridades aduaneras y quienes introducen o extraen mercancías del territorio nacional, ya sea los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, así como los agentes aduanales, empleando el sistema electrónico aduanero. El Servicio de Administración Tributaria establecerá mediante reglas, lo procedente en relación al uso del sistema electrónico aduanero en los casos de contingencias derivadas de caso fortuito o fuerza mayor".

A fin de que este último concepto quede más claro, dividiré su terminología en ocho conceptos:

A Actos Administrativos

Es la expresión de la voluntad de la autoridad administrativa, creando situaciones jurídicas individuales, a través de las cuales se trata de satisfacer las necesidades de la comunidad.10

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B Formalidades Aduaneras

Es el conjunto de trámites y procedimientos que deben realizar las autoridades y los participantes para dar cumplimiento a las disposiciones aduaneras del país.11

C Mercancías

En términos aduaneros, se considera mercancías, los productos, artículos, efectos y cualesquier otros bienes, aun cuando las leyes los consideren inalienables o irreductibles a propiedad del particular.12

Cabe mencionar que no se considerarán como mercancías y, en consecuencia, no se gravarán:13

a) Los ataúdes y las urnas que contengan cadáveres o sus restos;

b) Las piezas postales obliteradas que los convenios postales internacionales comprenden bajo la denominación de correspondencia;

c) Los efectos importados por vía postal cuyo impuesto no exceda de la cantidad que al efecto establezca la SHCP, mediante Regla de carácter general en materia aduanera; y

d) Las muestras y muestrarios que por sus condiciones carecen de valor comercial. Se entiende que no tienen valor comer-cial:

· Los que han sido privados de dicho valor, mediante operaciones físicas de inutilización que eviten toda posibilidad de ser comercializados; o

· Los que por su cantidad, peso, volumen u otras condiciones de presentación, indiquen sin lugar a dudas, que sólo pueden servir de muestras o muestrarios.

En ambos casos se exigirá que la documentación comercial, bancaria, consular o aduanera, pueda comprobar inequívocamente que se trata de muestras sin valor.

D Aduana o Recinto Fiscal

En nuestra legislación no existe una definición que explique propiamente el término de "aduana", sin embargo, proporcionaré dos

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conceptos de diferentes puntos de vista, que son el institucional y el operativo.

El concepto de aduana como institución pública se puede definir diciendo que es "la oficina dependiente del ejecutivo federal, en donde se registran las operaciones de comercio exterior que entran o salen de un determinado territorio aduanero del país, ya sea por mar, tierra, aire, o por cualquier otro medio en que se conduzcan, aplicándoseles la legislación y medidas administrativas correspondientes, y ejerciendo funciones fiscales, económicas, sociales, sanitarias, financieras y/o de vigilancia preventiva y combativa al delito del contrabando".14

Desde el punto de vista operativo, se considera como el lugar en donde las autoridades aduaneras realizan las funciones de mane-jo, almacenaje, custodia, carga y descarga, fiscalización, y el despacho aduanero de las mercancías de comercio exterior. También, conocido con el nombre de recinto fiscal.15

E Tipos de Tráfico

El Diccionario de la Real Academia Española define el tráfico como "el movimiento o tránsito de personas, mercancías, etc., por cualquier otro medio de transporte".16

Por otro lado, Salvador Mercado, define al tráfico como "el conjunto de actividades que tienen por objeto la planeación y control de movimientos de inventarios, protección, almacenamiento de materia prima, productos semi-manufacturados y terminados de una línea de fabricación. Esto incluye transportación, manejo de materiales, empaquetado industrial, almacenamiento, control de inventarios y la comunicación adecuada para una administración eficaz".17

En relación con lo anterior, la Ley Aduanera no menciona una definición de lo que debe entenderse por tráfico, sin embargo, en su artículo 11 reconoce los diferentes tipos de tráfico que podrán ser utilizados para introducir o extraer mercancías del territorio nacional, los cuales son: marítimo, terrestre, aéreo, fluvial, por la vía postal y otros medios de conducción. Asimismo, el Reglamento de la citada Ley, menciona que los otros medios de conducción podrán ser tuberías, conductos y cables para los cuales deberán obtener la autorización respectiva por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.18

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F Autoridades Aduaneras

El artículo 2, fracción II de la Ley Aduanera, menciona que se consideran autoridades aduaneras a las que de acuerdo con el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y demás disposiciones aplicables, tienen competencia...

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