Análisis de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional
Revista Letras Jurídicas › Núm. 13, Enero 2006
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Revista Letras Jurídicas › Núm. 13, Enero 2006
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La delincuencia organizada es un problema que atañe a todos los Estados y que los vincula, ya que su actuación y consecuencias se presentan, no sólo dentro de los límites nacionales de algún país, sino en varios de ellos a la vez o consecutivamente; de ahí el concepto de delincuencia organizada trasnacional. A nivel de ordenamiento jurídico, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional señala los lineamientos que los Estados Parte deben considerar para hacer coherente su derecho interno con las disposiciones de la Convención, con la finalidad de combatir eficazmente la actividad de los grupos delictivos organizados. Esta Convención contempla varios rubros importantes, como son su objetivo, las definiciones básicas para comprender este ordenamiento, disposiciones procesales, las medidas para promover la cooperación internacional y algunos aspectos que podrían considerarse administrativos. El objetivo de esta colaboración es plantear un primer acercamiento al análisis de esta Convención, ya que representa el ordenamiento internacional específico relativo a la delincuencia organizada trasnacional, lo que es fundamental para comprender el alcance de esta problemática y los esfuerzos que a nivel de legislación se están realizando para contrarrestarla.
Organized delinquency is a problem that concerns and binds every State, because their performances and consequences are present, not only within the national boundaries of a country, but in several at once or consecutively; from this the concept of transnational organized delinquency. At a legal ordering level, the United Nations Convention against Transnational Organized Delinquency points out the guidelines that States party must consider to make their internal law coherent with the Convention's dispositions, with the means of efficiently fighting the activity of organized delinquent groups. This Convention contemplates several important sections, such as their objective, the basic definitions to understand this ordering, process disposition, the measures to promote international cooperation and some aspects that can be considered administrative. The objective of this paper is to raise a first approach to the analysis of this Convention, because it represents the specific international ordering relative to transnational organized delinquency, which is fundamental to understand the reach of this problem and the efforts that, at a legislative level are being made to counter it.Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Análisis de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional
Doctora en Derecho Público. Académica de tiempo completo de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana. Investigadora Nacional en el Sistema Nacional de Investigadores.
A manera de introducción Había una vez un mundo en el cual los buenos juzgaban a los malos discrecionalmente, es decir, de acuerdo a su criterio y prácticamente sin limitación alguna. Donde los malos eran encerrados en lugares tan seguros que ninguno podía escapar, pero donde el amor, la comprensión y las segundas oportunidades estaban prohibidas. Donde la familia de los malos no podía entrar y si lo hacía, no podía expresar sus sentimientos hacia la persona a quien alguna vez abrazó. Donde los malos perdían la oportunidad de volver a ver un amanecer porque no había ventanas en ese lugar donde se encontraban. Donde los malos se volvían más malos, pero sin riesgo para los demás, o al menos así se pensaba, porque estaban aislados del mundo. Pero los buenos, finalmente se hacían malos porque a toda costa impedían que los otros pudieran asomar la cabeza para ver el cielo... En ese mundo, también existía la otra cara de la moneda, es decir aquella en la cual vivían los buenos, en casas parecidas a cárceles porque estaban rodeadas de cercas eléctricas y barrotes, donde estaba prohibido abrir la puerta y extender la mano al visitante, hasta en tanto no se verificara que era también de los buenos; donde no eran frecuentes los guardias porque los dueños de las casas ya no confiaban en ellos y donde cualquier descuido implicaba el riesgo de morir o de perder lo que se tenía, porque los malos esperaban la oportunidad de...Ver el contenido completo de este documento
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