Resumen
1. Factores del aprendizaje (conocimientos). 2. Factores relacionados con las habilidades (saber-hacer). 3. Factores relacionados con las actitudes (disposición asertiva al conducir). Estrategias de prevención. Con respecto a los conocimientos. Con respecto a las habilidades. Con respecto a las actitudes.
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Extracto
Aspectos sociológicos sobre los hechos de tránsito terrestre en el municipio de aguascalientes, méxico: el caso del conductor de vehículos particulares .
Este artículo, surge de la investigación realizada en el año 2007 por el Instituto Estatal de Seguridad Pública del Estado de Aguascalientes y la Universidad Autónoma de Aguascalientes 12.
El objetivo central de dicha investigación, fue elaborar una propuesta (manual de evaluación) para los conocimientos, habilidades y actitudes de los conductores de vehículos particulares en el municipio de Aguascalientes (tanto de los que ya tienen licencia de conducir, como de aquellos aspirantes a solicitar permiso o licencia de manejo); y con ello fundamentar si dichos aspectos del conductor, están relacionados con las principales causas de hechos de tránsito terrestre. Un segundo objetivo fue generar estrategias para la prevención de lesiones y homicidios culposos provocados por hechos de tránsito terrestre, mismos que conforman el grueso de la incidencia delictiva en el Estado. Para cumplir estos objetivos, fue necesario abordar el problema desde una perspectiva sociológica y criminológica. En primer lugar, es importante decir el por qué debemos hablar de “hecho de tránsito” y no de “accidente de tránsito”. El accidente de tránsito tiene dos acepciones; la primera de ellas nos dice que es un suceso eventual que altera el orden regular de las cosas, la segunda plantea que es cualquier alteración o indisposición que priva del movimiento, del sentido o de ambas cosas. Sin embargo, la palabra “accidente” en su sentido jurídico recoge por sí un aspecto de causalidad, de caso fortuito, de carencia y de intencionalidad. Con relación al concepto de “hecho de tránsito”, el doctor Rafael Moreno González 3, señala que debe decirse “hecho” y no “accidente”, en virtud de que el técnico de especialidad se dedica al estudio de una realidad fáctica cuyas causas y mecánica de realización se desconocen inicialmente. Por lo anterior, y después de realizada esta investigación, nosotros proponemos el siguiente concepto refiriéndonos al hecho de tránsito terrestre: “El hecho de tránsito terrestre es la acción u obra que origina daños materiales y contra daños contra las personas a consecuencia de un hecho socialmente construido, esto por el resultado de múltiples actividades humanas articuladas entre sí que corresponden a causas biológicas, psicológicas y sociales del conductor y del peatón, así como a factores del medio ambiente, de la fisonomía vial o bien del vehículo automotor” 4. El concepto anterior, refiere a que los “hechos de tránsito terrestre”, están so...Ver el contenido completo de este documento
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