Multas por no presentar la Declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT). Tips para defenderse

Práctica FiscalNúm. 541, Mayo 2009

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Abogados Fiscal

Resumen


Introducción. Sustento de la obligación, de las facultades de verificación y de la multa. Omisiones e inexactitudes formales de la resolución sancionadora. Conclusión.

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Extracto


Multas por no presentar la Declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT). Tips para defenderse

Introducción

En los primeros meses de 2009 muchos contribuyentes han sido testigos de una intensa acción de comprobación fiscal por parte del SAT a fin de requerir la presentación de la Declaración mensual informativa de operaciones con terceros (DIOT) que debió presentarse en 2008. En consecuencia, las autoridades han impuesto multas en contra de las personas que no han cumplido con dicha obligación. Por otra parte, al analizar los requisitos formales de las resoluciones, se pueden comprobar algunas omisiones o deficiencias que pueden provocar que tales actos sean revocados o anulados.

Al respecto, se analiza la obligación informativa que constituye la base de los requerimientos y multas, así como los oficios de requerimiento y sanción que han utilizado las autoridades fiscales, y se exponen algunas deficiencias formales que pueden tomarse en cuenta al elaborar los medios de defensa.

Sustento de la obligación, de las facultades de verificación y de la multa

Ley del IVA

La obligación formal de presentar la DIOT se consigna en el artículo 32, fracción VIII, de la Ley del IVA, que a la letra señala lo siguiente:

32. (...)

VIII. Proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones con...

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