El 'modelo de Núremberg

AutorPhilippe Amiel
Páginas104-114
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IV. EL “MODELO DE NÚREMBERG”
L  éticas, deontológicas y jurídicas sobre la experimentación hu-
mana, como se ha visto, existían desde mucho antes de los Juicios de Núrem-
berg, así como existía un consenso teórico en la materia aun cuando —e inde-
pendientemente de los crímenes nazis— las prácticas de experimentación
podían parecer muy lejanas. El peso histórico de Núremberg fue el de conso-
lidar un modelo de marco normativo especí co para la experimentación hu-
mana, basado en una idea de vulnerabilidad de los sujetos potenciales a tal
grado que su protección, y la de la humanidad en esta materia, sólo podía
asegurarse por medio de normas imperativas que comprometieran a los expe-
rimentadores en nombre del orden público internacional en vez del de aquel
vago concepto de universalidad. Dentro de ese marco, el sujeto, víctima po-
tencial, es demasiado vulnerable para participar en un contrato. Las obliga-
ciones de los actores (incluyendo al sujeto) derivan de principios fundamen-
tales del orden público, de los “principios generales del derecho penal” y del
derecho civil. Su responsabilidad no es contractual, sino delincuencial.
Éste fue el modelo de regulación, necesario para proteger la vulnerabilidad
esencial de los sujetos, que determinó el juicio y el Código de Núremberg.
La posteridad de Núremberg consolidó la institucionalización internacio-
nal —deontológica y jurídica— de este enfoque de la experimentación en se-
res humanos.
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La jurisprudencia de Núremberg estableció los criterios que permitieron san-
cionar las irregularidades de los experimentadores, que el juramento hipocrá-
tico, en el caso de los médicos, mostró ser incapaz de evitar en Alemania. Por
lo que se re ere especí camente a la experimentación humana, el Código de
Núremberg y la sección entera del juicio donde se de nieron los “experimen-
tos permitidos”, en el fondo, planteaban una sola interrogante: “¿qué diferen-
cia a un sujeto de una víctima?” El tribunal juzgó a los acusados culpables por
no haber reunido las condiciones que permitieran, desde el punto de vista
penal, considerar a las víctimas de experimentos nazis como sujetos de expe-

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