El salario, modalidades de pago y medidas de protección patronal

Práctica FiscalNúm. 516, Agosto 2008

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Abogados Fiscal

Resumen


Tipos de salarios. Modalidades de pago. Pago del salario por medio de los sistemas de nómina. Comisiones bancarias. Pago del salario mediante cheque. Plazo y lugar de pago. Suspensión del pago. Portabilidad de nómina. Obligatoriedad de expedir recibos de salario. Conclusión.

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Extracto


El salario, modalidades de pago y medidas de protección patronal

Según el artículo 20 de la LFT, en el momento en que una persona física presta a otra un trabajo personal subordinado mediante el pago de un salario, se está generando una relación laboral; de ahí se desprende que con la subordinación surge la obligación del trabajador de prestar el servicio en los términos acordados con el patrón, y correlativamente este último debe pagar el salario a que tenga derecho el trabajador.

El salario, también conocido como sueldo, jornal, etcétera, se define como toda retribución que percibe una persona a cambio de un servicio que ha prestado con su trabajo, o bien, como la remuneración por una actividad productiva.

Cabe destacar que algunas disciplinas han diferenciado al salario del sueldo; el primero se aplica a trabajos manuales o de taller y el segundo a trabajos intelectuales, administrativos, de supervisión o de oficina; sin embargo, la LFT no establece diferencia en estos conceptos, y en su artículo 82 define al salario como "la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo".

Así, el salario, sin importar la denominación que se le dé, es la remuneración que recibe el empleado por su trabajo que le permite satisfacer sus necesidades; de esta manera, es importante que el empleador conozca las disposiciones legales aplicables que tienen por objeto proteger el salario de los trabajadores.

Tipos de salarios

Conforme al artículo 84 de LFT, el sala...

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