Minorías sexuales: sobre el paradigma de la Tolerancia y el paradigma de la Ciudadanía Plena

AutorDaniel Kantor
CargoBecario de investigación del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet), Argentina. Profesor de matemáticas, física y cosmografía IESOC, Argentina
Páginas111-128
Daniel Kantor*
Minorías sexuales: sobre
el paradigma de la Tolerancia
y el paradigma de la
Ciudadanía Plena
Resumen
Proponemos dos formas paradigmáticas de concebir los derechos de las minorías
sexuales en un marco jurídico-político y social general. El primer paradigma es una
mirada a través del prisma de la “Tolerancia”, el segundo desde la perspectiva de
la “Ciudadanía Plena”. Hemos deducido las características de ambos paradigmas a
partir de proyectos de leyes, leyes y casos jurisprudenciales referentes al “Derecho de
Asociación” y al “Derecho al Matrimonio entre Personas del Mismo Sexo”. Revisamos
el discurso jurídico y las implicancias políticas de las sentencias, y algunos aspectos
histórico-sociales de las luchas por las reivindicaciones de las minorías sexuales en
Argentina.
Palabras clave: minorías sexuales, paradigma de la tolerancia, paradigma de la
ciudadanía plena, matrimonio entre personas del mismo sexo, Argentina.
Abstract
We propose two paradigms for analyzing the rights of sexual minorities within
a juridical-political-social framework. The first paradigm arises from the idea of
Tolerance; whereas the second stems from the notion of Full Citizenship. The features
of both paradigms have been gleaned from bills, laws and judicial cases concerning
the Right to Association and the Right to Same-Sex Marriage. The article reviews
the legal discourse and political implications of the aforementioned legal sources as
* Becario de investigación del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
(Conicet), Argentina. Profesor de matemáticas, física y cosmografía IESOC, Argentina [danykantor@
hotmail.com].
112
Política y Cultura, primavera 2011, núm. 35, pp. 111-128
Daniel Kantor
ropondremos en este trabajo dos formas paradigmáticas
de concebir los derechos de las minorías sexuales1
en el marco de una situación jurídica-política-social general. La primera
visión lleva la distorsión del prisma de la “Tolerancia”, la segunda será una
mirada a través de la óptica de la “Ciudadanía Plena”. Hemos deducido las
características de ambos paradigmas a partir de proyectos de leyes, leyes y
casos jurisprudenciales referentes al “Derecho de Asociarse con fines útiles” y
al “Derecho al Matrimonio entre Personas del Mismo Sexo”. Este escrito revisa
el discurso jurídico tribunalicio y las implicancias políticas de las sentencias,
dando menor atención a los demás aspectos histórico-sociales de las luchas
por las reivindicaciones de las minorías sexuales en Argentina.
EL PARADIGMA DE LA TOLERANCIA2
El paradigma de la tolerancia implica la coexistencia de dos sistemas normativos3
que no se encuentran en el mismo plano de igualdad. Algunos sujetos de
PINTRODUCCIÓN
well as some socio-historical issues concerning the struggle for equal rights of sexual
minorities in Argentina.
Key words: sexual minorities, paradigm of tolerance, paradigm of full citizenship,
same-sex marriage, Argentina.
Artículo recibido el 26-02-10
Artículo aceptado el 18-10-10
1 A los efectos de nuestro análisis consideraremos que una persona cuya orientación sexual
no sea exclusivamente heterosexual, o bien que no se considere a sí misma ni como hombre ni
como mujer, pertenece a alguna minoría sexual. Entran por lo tanto en esta conceptualización
de “minoría sexual” aquellas personas gays, lesbianas, bisexuales, transexuales, intersexuales,
etcétera.
2 Hablamos de paradigma haciendo referencia a un modo arquetípico de concebir la
sociedad y el funcionamiento de las instituciones jurídico-políticas.
3 Aquí la expresión “sistema normativo” no hace una estricta referencia a la norma escrita
positiva. Concebimos tridimensionalmente al fenómeno jurídico, al cual vemos como un
mundo organizado en cuyo “centro se halla el orden de repartos, descrito e integrado por el
ordenamiento normativo, y por encima advertimos a la justicia que valora conjuntamente tanto
el uno como el otro”. Véase Werner Goldschmidt, Introducción filosófica al Derecho, Buenos
Aires, Depalma, 1996, p. 21.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR