El salario mínimo es inembargable por ser un derecho social. Criterio aislado de Tribunales Colegiados

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En términos del artículo 20 de la LFT, la relación laboral es la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.

Al respecto, la ley laboral señala que el salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo, y establece en su artículo 90 que la cantidad menor que el trabajador podrá recibir por los servicios que presta será el salario mínimo, el cual deberá cumplir con las condicionantes siguientes:

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Es de precisar que el artículo 91 de la LFT estipula que los salarios mínimos podrán ser generales para una o varias áreas geográficas de aplicación, que pueden extenderse a una o más entidades federativas o profesionales, para una rama determinada de la actividad económica o para profesiones, oficios o trabajos especiales, dentro de una o varias áreas geográficas.

El salario mínimo no podrá ser embargado, pues el artículo 112 de la LFT dispone lo siguiente (énfasis añadido):

112. Los salarios de los trabajadores no podrán ser embargados, salvo el caso de pensiones alimenticias decretadas por la autoridad competente en beneficio de las personas señaladas en el artículo 110, fracción V.

Los patrones no están obligados a cumplir ninguna otra orden judicial o administrativa de embargo.

Según se aprecia, los salarios de los trabajadores no podrán ser embargados, salvo en el caso de las pensiones alimenticias decretadas por la autoridad competente en beneficio de las personas señaladas en el artículo 110, fracción V , de la LFT.

Además, debido a que el citado artículo 112 sólo hace referencia al salario y no al salario mínimo, esa disposición debe aplicarse también a los salarios mínimos, ya que el derecho a la inembargabilidad también está previsto en la CPEUM en su artículo 123, apartado A, fracción VIII, el cual dispone lo siguiente:

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123 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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VIII. El salario mínimo quedará exceptuado de embargo,...

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