La omisión de las personas morales sin fines de lucro de informar en su declaración anual normal sobre sus ingresos, da lugar a considerarlos como remanente distribuible. Tesis de Tribunales Colegiados

Práctica FiscalNúm. 513, Julio 2008

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Abogados Fiscal

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La omisión de las personas morales sin fines de lucro de informar en su declaración anual normal sobre sus ingresos, da lugar a considerarlos como remanente distribuible. Tesis de Tribunales Colegiados

El artículo 95 de la Ley del ISR dispone lo siguiente (las negritas son nuestras):

95. Para los efectos de esta Ley, se consideran personas morales con fines no lucrativos, además de las señaladas en el artículo 102 de la misma, las siguientes:

V. Asociaciones civiles y sociedades de responsabilidad limitada de interés público que administren en forma descentralizada los distritos o unidades de riego, previa la concesión y permiso respectivo.

VI. Instituciones de asistencia o de beneficencia, autorizadas por las leyes de la materia, así como las sociedades o asociaciones civiles, organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos en los térmi...

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