El artículo 130 de la LSS viola diversas garantías constitucionales al condicionar la pensión al viudo o concubinario mediante la dependencia económica
Práctica Fiscal › Núm. 539, Abril 2009
Enlazado como:
Práctica Fiscal › Núm. 539, Abril 2009
Enlazado como:Extracto
El artículo 130 de la LSS viola diversas garantías constitucionales al condicionar la pensión al viudo o concubinario mediante la dependencia económica
En términos del artículo 130 de la LSS, tendrá derecho a la pensión de viudez la que haya sido esposa del asegurado pensionado por invalidez. A falta de esposa, tendrá derecho a recibir la pensión la mujer con quien el asegurado o pensionado por invalidez haya vivido como si fuera su marido, dur...
Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex México
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios