Anexo 3 Listado de bienes cuyo otorgamiento de su uso o goce temporal esta expresamente gravado o exento del iva conforme a disposiciones legales
Autor | E. Campero Guerrero; J. Pérez Chavez; R. Fol Olguin |
Se encuentra sujeto a la tasa del 0%, el otorgamiento del uso o goce temporal de los bienes siguientes:
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Invernaderos hidropÛnicos y equipos integrados a ellos para producir temperatura y humedad controlada o para proteger los cultivos de elementos naturales.
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Equipos de irrigaciÛn.
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El equipo y maquinaria siguientes:
Abonadoras y fertilizadoras de terrenos de cultivo.
Arados.
Aspersoras y espolvoreadoras para rociar o esparcir fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas.
Aviones fumigadores.
Cortadoras de forraje.
Cosechadoras.
Cultivadoras para esparcir y desyerbar.
Desgranadoras.
Embarcaciones destinadas para pesca comercial.
Empacadoras de forraje.
Ensiladoras.
Equipo mec·nico, elÈctrico o hidr·ulico para riego agrÌcola.
Motocultores para superficies reducidas.
Motosierras manuales de cadena.
Rastras para desterronar la tierra arada.
Sembradoras.
Tractores para accionar implementos agrÌcolas, excepto los de oruga.
No se est· obligado a pagar el IVA por el otorgamiento del uso o goce temporal de los bienes siguientes:
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Inmuebles destinados o utilizados exclusivamente como casa habitaciÛn. Cuando el inmueble se utilice para varios fines, sÛlo se estar· exento del pago del IVA la parte del inmueble que se utilice como casa habitaciÛn, excepto en el caso de inmuebles que se proporcionen amueblados o utilicen como hoteles o casas de hospedaje. No se considera amueblado un inmueble cuando se proporcione con alguno o todos los bienes siguientes, siempre que Èstos estÈn adheridos permanentemente a la construcciÛn:
Cocina.
BaÒo.
Alfombras.
Tapices.
L·mparas.
Tanques de gas.
Calentadores para agua.
Guardarropa o armario.
Cortinas y cortineros.
TelÈfono.
Aparato de intercomunicaciÛn.
Sistema de clima artificial.
Sistema para purificaciÛn de aire o agua.
Chimenea no integrada a la construcciÛn.
Tendederos para el secado de ropa.
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Fincas destinadas o utilizadas sÛlo a fines agrÌcolas o ganaderos.
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Bienes tangibles que cumplan con lo siguiente:
Su uso o goce sea...
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