Liberalismo, sanción y reproche: una revisión crítica del concepto de reproche en la teoría jurídico penal de C. S. Nino

AutorMatías Parmigiani
CargoUniversidad Nacional de Córdoba, Centro de Investigaciones Jurídicas y Sociales
Páginas37-81
ISONOMÍA No. 39, octubre 2013, pp. 37-81
LIBERALISMO, SANCIÓN Y REPROCHE: UNA
REVISIÓN CRÍTICA DEL CONCEPTO DE
REPROCHE EN LA TEORÍA JURÍDICO-PENAL DE
C. S. NINO
Liberalism, Punishment and Blame: A Critical Review of the Concept
of Blame in C. S. Nino’s Legal Theory
Matías Parmigiani
-
ral o de las cualidades intelectuales de una per-
sona. Cuando se reprocha a alguien por una
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lidad.
(CARLOS S. NINO,  
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Resumen
El trabajo persigue tres objetivos relacionados. El primero, de corte netamente
hermenéutico, es rastrear y reconstruir las razones principales que habrían impul-
sado a C. S. Nino a rechazar la idea de reproche en su obra teórica. El segundo,
de cariz más bien crítico, busca evaluar la credibilidad de estas razones, contrapo-

que, según se argüirá, habrían comenzado a formularse en la propia teoría del au-
tor. El tercero apunta a desvincular la idea de reproche de algunas connotaciones
innecesarias que se le han asociado, para que pueda ocupar un lugar más cómodo
en el seno de una teoría jurídica compatible con las premisas de un Estado liberal
de derecho.
Palabras clave
Sanción, reproche, liberalismo, perfeccionismo, intersubjetividad, autorreferen-
cialidad, Nino.
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ni@gmail.com
MATÍAS PARMIGIANI
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ISONOMÍA No. 39, octubre 2013, pp. 37-81
Abstract

to track and reconstruct the main reasons that would have led C. S. Nino to reject
the concept of ‘blame’ in his theory. The second goal, more critically oriented, at-
tempts to evaluate the credibility of these reasons by contrasting them with other
reasons (more philosophically convincing) that would have actually begun to de-
velop within Nino’s own theory. The third goal is to detach the concept of blame
from certain connotations that have been usually associated to it, so that it can
have a more appropriate place in the context of a liberal legal theory.
Keywords
Punishment, blame, liberalism, perfectionism, intersubjectivity, auto-referentiali-
ty, Nino.
I. Introducción
C          
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en algunos contextos, proceder así resultará ciertamente excesivo.
En efecto, ¿no sucede a menudo que la mala decisión o el desenfre-
  -
cia de rasgos y factores situacionales que de por sí no son necesa-
riamente malos? ¿No sucede a menudo que alguien normalmente
bondadoso y gentil “pierde la compostura debido a que está cansa-
do, preocupado o un poco paranoico” (Sher, 2001, p. 156)? De ser
así, pues entonces esta persona gentil y bondadosa seguramente me-
recerá un reproche por su conducta, mas no por su carácter (idem).
Ante semejante constatación, muchos podrían verse impulsados
a emprender la tarea de sentar las bases de lo que sería un enfoque
más comprensivo o general sobre la idea de reproche, capaz de de-
limitar las distintas modalidades que esta idea reviste en la prácti-
ca tanto jurídica como moral de cualquier grupo social. Sin embar-
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go, no es esta la tarea de la que se ocupará el presente trabajo.1 En
su lugar, lo que se plasmará en las siguientes páginas es un intento
por explicar de qué manera este mismo concepto que captura la de-

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el de comprender las razones que habrían impulsado a este autor a
prescindir de la idea de reproche –es decir, de esta idea en particu-
lar– en el ámbito penal; y, por el otro, el de hallar una vía nueva que
permita rehabilitar esta misma noción sin que los reparos que Nino
interpuso en su contra aparezcan sustentados en causa fundada.2
Para echar el carro a rodar, entonces, tal vez convenga comenzar a
preguntarse por qué razón la teoría jurídico-penal de C. S. Nino habría
renegado de la noción de reproche. En un artículo aparecido hace al-
1 Al respecto, véase por ejemplo, Williams, 1995; Moore, 1997; Sher, 2001; Duff, 2003;
Scanlon, 2008; Fricker, 2013.
2 Desde luego, si aquí tuviésemos que optar por un enfoque comprensivo sobre el concep-
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en “What’s the Point of Blame?” (2013). Tomando elementos de Williams, Wolf y Strawson,
Fricker postula un concepto “comunicativo” de reproche, al cual equipara a una suerte de reac-
ción por parte de un agente (individual o supraindividual) a otro agente (individual o suprain-
dividual) en virtud de la cual el primero le comunica (verbalmente o no) al segundo que éste se
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minada relación social en la que imperan vínculos más o menos estrechos (sobre lo mismo, véa-
se Scanlon, 2008). Para Fricker, “esta falta puede estar vinculada a una acción u omisión, pero
también puede relacionarse con los motivos, actitudes, disposiciones, o incluso con las creen-
cias del agente reprochado (reprochamos en la gente los aspectos doxásticos de su racismo casi
tanto como reprochamos en ella cualquier motivación que lo sostenga), y ciertamente –termina
Fricker de constatar– reprochamos a la gente más allá de si los aspectos interiores de su vida se
trasladan o no a su conducta” (Fricker, 2013, p. 12; sobre lo mismo, véase Sher, 2001, pp. 156-
157, así como mi “Conclusión”). Como se apreciará, este concepto de reproche incluiría el con-
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que se acepta el concepto de Fricker, parecen desaparecer los problemas para aceptar el concep-
to menos inclusivo, que es el objetivo que perseguirá este trabajo obrando por mor de la argu-
. Sobre los fundamentos metodológicos de esta decisión, véase la nota 10 contenida
en la última sección. Por ahora, baste con reparar en aquel otro elemento que Fricker considera
consustancial a los juicios de reproche, a saber: el referido a la dimensión prospectiva que ellos
llevarían ínsita. El “reproche comunicativo” [Communicative Blame], sostiene Fricker, persigue
como “útil propósito constructivo el de alinear la comprensión moral y las razones motivacio-
nales del malhechor con la perspectiva de la parte afectada” (p. 21), a la vez que parte del reco-
nocimiento de que lo que sea que el agente reprochador tenga para decir es importante para el
agente reprochado (y viceversa) por el basamento actitudinal de respeto que entre ellos existe
(p. 17).

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