El artículo 41 de la LFT no viola la garantía de seguridad jurídica, al no establecer las formalidades que debe cumplir el aviso de sustitución patronal
Práctica Fiscal › Núm. 523, Noviembre 2008
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El artículo 41 de la LFT no viola la garantía de seguridad jurídica, al no establecer las formalidades que debe cumplir el aviso de sustitución patronal
En términos del artículo 41 de la LFT, la sustitución patronal no afectará las relaciones de trabajo de una empresa o establecimiento; asimismo, el patrón sustituido será solidariamente responsable...
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