El artículo 41 de la LFT no viola la garantía de seguridad jurídica, al no establecer las formalidades que debe cumplir el aviso de sustitución patronal

Práctica FiscalNúm. 523, Noviembre 2008

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Abogados Fiscal

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El artículo 41 de la LFT no viola la garantía de seguridad jurídica, al no establecer las formalidades que debe cumplir el aviso de sustitución patronal

En términos del artículo 41 de la LFT, la sustitución patronal no afectará las relaciones de trabajo de una empresa o establecimiento; asimismo, el patrón sustituido será solidariamente responsable...

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