Ley del Impuesto al Valor Agregado

AutorCorporativo Reyes Mora Advisors

Artículo 1º.-

Actos o Actividades Gravados […]

El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta ley, la tasa del 16%. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores.

Se incrementa del 15% al 16% la tasa general del IVA.

Artículo 1º.-C

Transmisión de documentos mediante factoraje financiero […]

  1. Para estar de acorde con el artículo anterior se modifica la tasa al 16% o al 11%, respectivamente.

  2. Para estar de acorde con el Artículo 1º.-C.- se modifican las tasas al 16% o al 11%.

  3. Para estar de acorde con el Artículo 1º.-C.- se modifican las tasas al 16% o al 11%.

    Artículo 2º.

    Tasa para la Región Fronteriza

    El impuesto se calculará aplicando la tasa del 11% a los valores que señala esta ley, cuando los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto se realicen por residentes en la región fronteriza, y siempre que la entrega material de los bienes o la prestación de servicios se lleve a cabo en la citada región fronteriza.

    Tratándose de importación, se aplicará la tasa del 11% siempre que los bienes y servicios sean enajenados en la mencionada región fronteriza.

    Tratándose de la enajenación de inmuebles en la región fronteriza, el impuesto al valor agregado se calculará al valor que señala esta ley la tasa del 16%.

    Articulo 2.- A.-

    Actos o Actividades sujetos a la tasa de 0%

  4. […] Se aplicará la tasa del 16% o del 11%, según corresponda, a la enajenación de los alimentos a que se refiere el presente artículo preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, inclusive cuando no cuenten con instalaciones para ser consumidos en los mismos, cuando sean para llevar o para entrega a domicilio […]

    Articulo 5.-

    Requisitos para el acreditamiento

    Cuando el impuesto al valor agregado en la importación se hubiere pagado a la tasa del 11%, dicho impuesto será acreditable en los términos de este artículo siempre que los bienes o servicios importados sean utilizados o enajenados en la región fronteriza.

    Inconstitucionalidad de la reforma

    Sin que se hubiese presentado una iniciativa por algún diputado o senador, menos por el Ejecutivo Federal, se incorporaron por la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados modificaciones a este ordenamiento, en una clara afrenta a nuestra norma fundamental, como se comprobará enseguida.

    El procedimiento legislativo, por mandato de los Artículos 71 y 72 de la Constitución, comienza con la iniciativa presentada por las autoridades facultadas para ello, e incluso, cualquier libro de Derecho Constitucional lo consagra.

    No obstante, del dictamen aprobado por la mencionada Comisión se desprende que en ningún momento se aborda alguna iniciativa relacionada con la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) en cuanto al aumento de su tasa, e incluso sólo se incorpora arbitrariamente en la discusión textualmente de la siguiente manera:

    Por otra parte, considerando que el conjunto de medidas propuesto por el Ejecutivo federal en materia de imposición indirecta no ha sido avalado por esta comisión en su totalidad, al no estar aprobada la iniciativa de Ley de la Contribución para el Combate a la Pobreza, y reconociendo la necesidad que nuestro país tiene de contar con recursos públicos para poder atender los programas para el combate a la pobreza y demás gasto público, tal y como se manifiesta ampliamente en las exposiciones de motivos de las iniciativas que integran el paquete económico para 2010 que el Ejecutivo federal remitió a este Congreso, la que dictamina estima necesario efectuar reformas a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, consistentes en incrementar la tasa general del 15 por ciento al 16 por ciento y la tasa aplicable en la región fronteriza del 10 por ciento al 11 por ciento.

    Ello es así, ya que una premisa para alcanzar un crecimiento económico sostenido que se traduzca en mayores beneficios para la sociedad requiere mantener la solidez de las finanzas públicas y conservar la...

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