Justicia Penal y Seguridad Pública

AutorDaniel Montero Zendejas
CargoProfesor Investigador Titular C, de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores
Páginas52-59

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De ahí que visualizar a la Justicia Penal en nuestro país como un modelo garantista, significa un cruzamiento en la historia de las garantías constitucionales mexicanas consagradas desde el Constituyente de 1857 y perfeccionadas en la Constitución de 1917 y demás miembros de Constituyente Permanente que han preservado el valor de la Supremacía Constitucional.

En medio de todo ello, la transición del modelo inquisitorio tradicional a uno mixto, hasta llegar al acusatorio adversa-rial, contrasta con la realidad nacional en esta materia. Los avances legislativos son considerables, empero las reformas al Poder Judicial a su estructura y operación no se visualizan ni siquiera en el mediano plazo, lo que constituye una preocupación común para todos los que analizamos desde la academia y de la realidad social este fenómeno. La presunción de inocencia con la carga de la prueba para quien denuncia y la coadyuvancia del Ministerio Público rebasan las consideraciones tradicionales del sistema coercitivo mexicano.

El sistema acusatorio adversarial significa un desafío para la Doctrina Penal Mexicana. Al ser la Ciencia Penal elemento fundamental para la convivencia ordenada y pacífica de la sociedad, los principios de inmediatez, oralidad, publicidad, contradicción y de oportunidad, fundamentalmente, en un marco de violencia institucionalizada en el que se encuentra vigente el Gobierno de la República en su "guerra contra el crimen organizado", contradicen la civilidad de este modelo. Son consideraciones que demandan una revisión profunda de la vigencia de este modelo, en el concierto de hechos que gravitan en torno a la realidad nacional y a los resultados obtenidos frente a esa "guerra".

Solamente en el año 2009 existieron más de 16 mil muertes en este concepto. De igual forma, la cantidad de adolescentes involucrados en actividades fuera de la ley en la capital de la República muestran el incremento en los últimos años de la penetración del crimen organizado en ese sector. El comportamiento delictivo de menores infractores con las benevolencias que el Sistema Penal actual les otorga, ha hecho entre otros factores que los Estados riesgosos como Chihuahua, Michoacán, Baja California y el Distrito Federal entre otros, se dispare potencialmente la estadística. Según la red por los Derechos de la Infancia en México (RDIM), estas entidades reportan las tasas más altas de mortalidad por homicidio en menores de 15 a 17 años, al registrar 12.6 muertes.

De la misma manera, el Derecho Penitenciario que junto con su reglamentación hace que un homicida sancionado y sentenciado con una penalidad de 18 años, pueda alcanzar su libertad en un término de 6 años. O sea, que el trabajo de investigación, consignación, juicio y demás etapas procesales se resumen en acuerdos del Poder Ejecutivo para posibilitar la cada vez menor privación de la libertad de conductas antisociales de alto impacto. Esta revolución legal con un sistema de administración y procuración de justicia corrupto y de impunidad hace que el Estado, en términos de Kelsen, pareciera inexistente. En otras palabras, se combate con más firmeza el

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crimen organizado por parte del Gobierno de la República, sin embargo las sentencias y los tiempos de compurgamiento son más elásticas. Bajo esta perspectiva no olvidemos que las experiencias de Chile y otras naciones que se inclinan por el modelo garantista vienen de autocracias, situación distinta a nuestra evolución Constitucional.

El problema de la seguridad no es un laboratorio en donde podamos incluir fórmulas o recomendaciones que vayan en contra de nuestras costumbres y de formas de vida. No fue abordado por las administraciones sexenales de nuestro sistema de gobierno. La multiplicidad de enfoques que implica la construcción de un modelo de seguridad pública para nuestro país, debe de sustentarse en el análisis de sistemas sociales cuyas características pueden ser coincidentes o no, dependiendo del enfoque sistémico que se pretenda implantar. En ocasiones el sólo análisis punitivo no es suficiente para englobar esta problemática que aqueja el tejido social. La seguridad se ha transformado en un temor recurrente que delimita sociedades en miedo cuya comunicación, desde la perspectiva de algunos autores, se transforma en delito por su ineficacia.

La antropología, economía, sociología y derecho, son herramientas de análisis para visualizar el fenómeno de la seguridad cuyo ingrediente básico es el hombre y su medio ambiente. No podría ser de otra manera, pues si bien es cierto que la inseguridad es la patología de un conjunto social, también es verídico, que el temor a la sanción y al rompimiento del orden público, no es suficiente para frenar conductas antisociales. La seguridad pública debe entenderse en una manifestación integral de elementos que la nutren; o sea, desde la confianza, la solidaridad, el compromiso y la identidad, hasta la conducta anómica que vulnera los conceptos axiológicos que nutren ese entorno social. Por ello la filosofía de la seguridad debe estar sustentada más que en cuestiones de represión, de contención o de sanción, en valores que determinan la sustenta-bilidad de un orden y la prevalencia de cualquier conglomerado social.

En el devenir del Estado y sus características inherentes definidas por Weber como el monopolio de la violencia o como la justificación del derecho punitivo o sea de la ciencia penal como su expresión más acabada, encontramos a los responsables de la seguridad como el primer vínculo entre la sociedad y el Estado. Son las corporaciones policiales las que determinan la eficacia y eficiencia en la prestación de este servicio, contemplado en el Artículo 21 de nuestra Carta Magna al se-

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ñalar que es responsabilidad del Estado garantizar la integridad física y patrimonial de los ciudadanos.

Las condiciones en las que se encuentra la sociedad mexicana en este siglo XXI reflejan la crisis institucional en la que nos encontramos, por un fenómeno que sacude este contexto y coloca al Estado al borde de una guerra expresada por el Jefe del Poder Ejecutivo en contra de la Delincuencia Organizada. Es aquí, precisamente, en donde seguridad y justicia penal confluyen para su análisis, alcance y delimitación. La seguridad pública no significa un laboratorio sociológico en donde se analicen las conductas atípicas a la luz de la interpretación psicológica del delito o de la patología social. Por el contrario, se ha transformado en la columna...

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