Extracto
El juicio de lesividad en materia fiscal
El hecho de que un contribuyente obtenga una resolución administrativa favorable por parte de las autoridades fiscales no le brinda la seguridad jurídica necesaria respecto a la debida aplicación de las disposiciones tributarias en relación con el caso concreto que le haya sido planteado a dichas autoridades. La anterior aseveración deriva de la regulación de la facultad que se otorga a las autoridades fiscales para revocar sus propias determinaciones mediante el llamado juicio de lesividad. En la legislación mexicana no existe un concepto o definición de lo que es un juicio, proceso o acción de lesividad. La doctrina nacional también resulta pobre, ya que pocos autores se han ocupado de esa figura; la mayoría lo ha hecho de manera superficial, e incluso en la primera versión del Diccionario jurídico mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México no se encuentra la voz relativa al juicio de lesividad, no obstante de que sí desarrolla el tema contencioso administrativo. El maestro Gustavo A. Esquivel, en su libro El juicio de lesividad y otros estudios, señala que debemos entender por dicho juicio el intentado por una autoridad administrativa con el propósito de anular una resolución favorable otorgada a un gobernado, por haber sido emitida de manera ilegal. En este orden de ideas, podemos establecer que el juicio de lesividad es el procedimiento iniciado por la autoridad administrativa en contra de los gobernados, el cual debe tramitarse ante el TFJFA, con objeto de solicitar la declaración de nulidad de las resoluciones administrativas favorables a los particulares, por considerar que lesiona de alguna man...
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