La judicialización de la política. El caso de México en perspectiva comparada

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AutorGonzalo Farrera Bravo
CargoProfesor-investigador en la Escuela Libre de Derecho, México
Páginas172-203
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IUS 24 | INVIERNO 2009 REVISTA DEL INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE PUEBLA
* Recibido: 22 de agosto de 2012. Aceptado: 30 de septiembre de 2012.
** Profesor-investigador en la Escuela Libre de Derecho, México (farrerabravo25@gmail.com).
RESUMEN
Las implicaciones de la judicialización de la po-
lítica han dado a los Estados constitucionales
nuevas formas de solucionar sus confl ictos, ya
sea entre poderes formales, de índole federal
y local, así como en el ámbito municipal. Esta
forma de racionalizar el conflicto social ha
generado una lógica muy importante que ha
dado a la supremacía constitucional la relevan-
cia que merece. La independencia judicial viene
a dar un nuevo rol al papel de los tribunales
constitucionales, ya que sobre todo en nuestro
continente eran simples apéndices del Ejecutivo
en turno. En este escenario era impensable que
los tribunales se opusieran a las “extravagan-
cias políticas” de los poderes ejecutivos.
PALABRAS CLAVE: Judicialización de la políti-
ca, elecciones, elecciones inauténticas, México,
sistema electoral mexicano, reforma electoral,
democracia, Estado, ley electoral.
ABSTRACT
The implications of the judicialization of poli-
tics have given to the Constitutional States new
ways to solve their confl icts, either between
formal powers, federal and local in nature and
at the municipal level. This way of rationalizing
social confl ict has generated a very important
logic that has given constitutional supremacy
the relevance it deserves. Judicial independence
has come to give a new character to the role of
constitutional courts, as especially in our con-
tinent were mere appendages of the executive
in turn. This scenario was unthinkable that the
courts oppose the “political extravagances” of
executives.
KEY WORDS: Judicialization of politics, elec-
tions, elections inauthentic, Mexico, Mexican
electoral system, electoral reform, democracy,
State, electoral law.
La judicialización de la política. El caso
de México en perspectiva comparada*
The judicialization of politics. The case
of Mexico in comparative perspective
Gonzalo Farrera Bravo**
REVISTA DEL INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS
DE PUEBLA, MÉXICO, ISSN: 1870-2147. AÑO VI
NO. 30, JULIO-DICIEMBRE DE 2012, PP. 172-203
IUS
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LA JUDICIALIZACIÓN DE LA POLÍTICA. EL CASO DE MÉXICO...
Sumario
1. Introducción
2. Concepto de judicialización de la política
3. La jurisdicción constitucional en América Latina
4. La judicialización de la política en Colombia
5. La judicialización de la política en México
A) Antecedentes
B) Desarrollo de la justicia electoral
C) La elección de 2006
D) Las irregularidades de la elección de 2012 y el balance por parte del TEPJF
6. La judicialización de la política en Venezuela
7. Refl exiones fi nales
Toda obra, cualquiera que sea, literaria, política,
científi ca, debe estar respaldada por una conducta.
Miguel Ángel ASTURIAS
1. Introducción
Dentro del léxico de la ciencia política y el derecho electoral comparado, la ex-
presión “judicialización de la política” ha tenido una polisemia de corte negativo.
Mediante esta noción aludimos a la creciente importancia que han adquirido las
cortes o tribunales constitucionales en el campo de la política. A causa de ello,
confl ictos que antaño eran el resorte de la división clásica de poderes, o por parte
de las fuerzas reales de poder (sindicatos, partidos políticos, etcétera), ahora son
sometidos a una instancia judicial.
La década de los años noventa llegó a la mayoría de los países de América
Latina acompañada de aires de replantear sus sistemas políticos. Esta aspiración
se materializó en un conjunto de reformas constitucionales que exhibieron la
gran preocupación de mejorar el estatus de los poderes judiciales. Bien se trate
de justicia trasnacional o de corte social, era evidente que las transformaciones
pasaban por el cambio institucional.
A partir de entonces, surgió una nueva manera en que los órganos jurisdic-
cionales se involucrarían con los asuntos públicos: el activismo judicial.1
1 El término activismo judicial hace referencia a la práctica y concepción del juez como limitador de los demás
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GONZALO FARRERA BRAVO
Con esta nueva tendencia nos damos cuenta de que la proliferación de la
revisión constitucional por parte de los tribunales supremos o cortes ha venido
en aumento, lo que se ha unido a un crecimiento continuo de los recursos in-
terpuestos que demandan cuestiones de índole política ante estas instituciones,
y a su vez se han desarrollado como un verdadero contrapeso a los poderes
Ejecutivo y Legislativo.
La naturaleza política de esta potestad ha dado origen a interacciones con-
tinuas entre los poderes públicos, caracterizados por una dinámica donde existe
la posibilidad, frente a una decisión emanada de los tribunales, de una respuesta
por parte de los cuerpos legislativos, ambas con referencia directa a la Consti-
tución.
El presente trabajo se divide en seis apartados, en donde se partirá de la gene-
ralidad del concepto de judicialización de la política; después un estado del arte
de la jurisdicción constitucional en América Latina, y posteriormente elegiré tres
casos paradigmáticos de este fenómeno en el continente, haciendo énfasis en
México, que nos permiten identifi car los rasgos del fenómeno en América Latina.
2. Concepto de judicialización de la política
La judicialización de la política destaca el papel de los jueces, y la judicialización
implica someter a la razón los predicamentos de los partidos políticos, cuestiones
de política pública y controversias del orden político, todo lo cual es uno de los
fenómenos más importantes durante los gobiernos de la última década del siglo
XX y la primera de este siglo XXI.
La justicia constitucional, a través del derecho procesal constitucional, con
sus diversos medios de defensa de la Constitución, ha sometido diversas cues-
tiones tan relevantes como la libertad de expresión, el derecho de asociarse y a
formar partidos políticos, igualdad de derechos, límites fi nancieros de campañas
electorales, los derechos políticos como derechos humanos, y un sinfín de tópi-
cos que cada día ante las cortes de los diversos Estados, y cada día el derecho,
se hacen más presentes en la vida humana.
poderes del Estado a través de la aplicación de la Constitución y los derechos fundamentales. Reclama un mayor
protagonismo de los tribunales y que las sentencias sean creadoras de derecho (al ir más allá de la mera interpreta-
ción), con la intención de generar un cambio en la legislación, la jurisprudencia o la sociedad. Responde al fenómeno
judicial manifestado de manera tanto internacional como nacional. El primer uso del término se asigna al juez federal
estadounidense Wayne, el cual destaca dos formas de ver el fenómeno. La primera de manera jurisprudencial, al
declarar judicialmente ciertos valores o conferir determinados derechos a ciertos grupos sociales; o, de otra forma,
al tomar la decisión del juez para defender un derecho vulnerado, al señalar que ese remedio judicial invade la
competencia de otros órganos, como el caso de la política.

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