Jerarquía de los tratados internacionales. Tesis del pleno de la SCJN
Práctica Fiscal › Núm. 473, Junio 2007
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Jerarquía de los tratados internacionales. Tesis del pleno de la SCJN
El artículo 133 de la CPEUM indica lo siguiente: 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados. Del texto se puede advertir que fue intención del Constituyente establecer un conjunto de disposiciones de observancia general que, en la medida en que se encuentran apegadas a lo previsto en la Constitución General de la República, serán la "Ley Suprema de la Unión". Las leyes del Congreso de la Unión a las q...
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