Las irregularidades del procedimiento administrativo de ejecución que realiza el IMSS son impugnables mediante el recurso de revocación
Autor | Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, número 48, quinta época, año IV, diciembre de 2004, páginas 330 y 331 |
Con apego a las garantías individuales establecidas en los artículos 8o., 14,16y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativas al derecho de petición, de audiencia, de legalidad y de certeza jurídica respectivamente, las legislaciones tanto en materia civil, fiscal, laboral y seguridad social, entre otras, conceden a los particulares o sujetos obligados la posibilidad de manifestar sus inconformidades ante las autoridades correspondientes, contra la ejecución de actos que puedan afectar sus intereses y legítimos derechos, a través de los recursos o medios de defensa que al efecto prevea cada ordenamiento.
En este sentido, la Ley del Seguro Social (LSS) otorga tanto a los patrones como al asegurado y a sus beneficiarios el derecho de rebatir la actuación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) respecto de la ejecución de aquellos actos que lesionen sus intereses o derechos, respectivamente, utilizando al efecto la instancia de inconformidad ante el propio instituto o a elección del afectado ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa o la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, según se trate.
Así, conforme al artículo 294 de la LSS, el recurso de inconformidad constituye el medio de defensa del que pueden disponer los patrones y demás sujetos obligados, así como los asegurados y sus beneficiarios para impugnar actos definitivos del IMSS que afecten sus intereses y derechos.
Es decir, dicho recurso sólo aplica para los actos que ya no pueden ser revisados, y por ende modificados por la autoridad que los dictó -en este caso el IMSS- en virtud de que éste ya pronunció su resolución, agotando las etapas de creación del acto o concluyendo un procedimiento donde se reconocen, modifican, trasmiten, declaran o extinguen derechos u obligaciones. De ahí que los actos del instituto impugnables con el recurso de inconformidad son, entre otros, los siguientes:
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Multas por infracciones a las disposiciones de la LSS o sus reglamentos.
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Cálculo de diferencias en las cuotas obrero-patronales.
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Cédulas de diferencias derivadas de visitas domiciliarias.
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Resoluciones sobre clasificación de las empresas para efectos de la prima del seguro de riesgos de trabajo.
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Diferencias en la determinación de la prima del seguro de riesgos de trabajo.
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Dictamen sobre modificación de la prima del seguro de riesgos de trabajo.
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Determinación de capitales constitutivos.
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Dictámenes sobre sustitución patronal.
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