De la Investigación para la Prevención

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas803-809
XXI. Llevar el registro cronológico de las sesiones y reuniones inter-
nas del Consejo Federal;
XXII. Llevar la correspondencia oficial del Consejo Federal;
XXIII.Recibir l a documentación sobre el seguimiento de acuerdos del
Consejo Federal;
XXIV.Proveer los recursos materiales necesarios para el correcto de-
sarrollo de las funciones del Consejo Federal; y
XXV.Las demás que le otorguen las disposiciones aplicables y el pre-
sidente del Pleno, así como las que resulten de los acuerdos y resolu-
ciones adoptadas en las sesiones del mismo.
La Secretaría General contará con los integrantes necesarios para el
debido cumplimiento de sus funciones.
Funciones de los consejeros
204.- Las funciones de los consejeros son las siguientes:
I. Elaborar y proponer proyectos de resolución de los asuntos que le
sean turnados;
II. Participaren las sesiones, acuerdos y resoluciones del Consejo Fe-
deral, con voz y voto;
III. Formular voto particular en caso de estimarlo necesario;
IV.Integrar las Comisiones que el Pleno determine;
V. Dar cuenta, en la sesión del Pleno que corresponda, de los proyec-
tos de resolución, señalando los argumentos y consideraciones jurídi-
cas que sustenten el sentido de los mismos; y
VI. Las demás que se establezcan en los Acuerdos Generales.
Forma de realizar la audiencia en la que comparece el infractor
205.- Laaudienciaprevistaenelartículo35delaLeyseráoral,para
tal fin, se registrará en medios audiovisuales y tecnológicos y se obser-
vará en lo posible los principios de publicidad, contradicción, concen-
tración, continuidad e inmediación.
Los manuales respectivos establecerán la sustanciación de los pro-
cedimientos relativos al servicio profesional, el régimen disciplinario y
la profesionalización de los integrantes, que sean turnados al Consejo
Federal.
RLPF-TECNICAS DE INVESTIGACION
TITULO V
De la Investigación para la Prevención
CAPITULO UNICO
DelasTécnicasEspecialesdeInvestigación
Utilización y objeto de técnicas especiales de investigación
206.- LaPolicía Federal utilizará técnicas especiales de investigación
de conformidad con los lineamientos mínimos establecidos en el pre-
sente capítulo.
803 RLPF-TECNICAS DE INVESTIGACION 204.-

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