¿El inventario acumulable de 2005 debe considerarse ingreso acumulable, o debe adicionarse a la utilidad fiscal?

Práctica FiscalNúm. 420, Diciembre 2005

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¿El inventario acumulable de 2005 debe considerarse ingreso acumulable, o debe adicionarse a la utilidad fiscal?

Trabajo para una persona moral que tributa en el régimen general de la Ley del ISR y que ejerció la opción que otorga el artículo tercero, fracción IV, de las disposiciones transitorias de la Ley del ISR para 2005, que consiste en acumular el monto del inventario al 31 de diciembre de 200...

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