Personas físicas. Declaración anual 2008 de ISR y de IETU -Instructivo detallado, renglón por renglón, del formato 13-

Práctica FiscalNúm. 538, Abril 2009

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Abogados Fiscal

Resumen


Informacion preliminar. Pagina 1. Datos generales. Determinacion del impuesto sobre la renta. Pagina 2. II. En el caso de obtener saldo a favor del ISR marque con "X" si opta por. Domicilio fiscal. Informacion adicional. Datos informativos obligatorios. Determinacion del impuesto al activo (Ejercicio 2007 y anteriores). Pagina 3. Determinacion del impuesto empresarial a tasa unica. Datos del representante legal. Pagina 4. Anexo 1 retenciones, pagos efectuados por terceros, deducciones personales e impuesto recaudado a los depositos en efectivo. Desglose de retenciones y pagos efectuados por terceros. Informacion de copropietarios, sociedad conyugal o sucesion. Datos del representante comun. Pagina 5. Desglose de deducciones personales. Pagina 6. Impuesto recaudado por concepto a los depositos en efectivo. Pagina 7. Anexo 2 salarios, arrendamiento, enajenacion y adquisicion de bienes, intereses, premios, dividendos, otros ingresos y servicios profesionales. Ingresos por salarios y en general por la prestacion de un servicio personal subordinado (incluye asimilados a salarios). Arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles. Enajenacion de bienes. Adquisicion de bienes. Intereses. I. Provenientes del sistema financiero. II. No provenientes del sistema financiero. III. Instituciones de seguros. Pagina 8. Premios. Dividendos o utilidades. De los demas ingresos. Actividades profesionales (solo personas sin actividad empresarial). Deducciones por actividades profesionales. Cifras al cierre del ejercicio. Pagina 9. Anexo 3 regimen intermedio de actividades empresariales. Impuesto sobre la renta. Cifras al cierre del ejercicio. Impuesto sobre la renta correspondiente a entidades federativas. Pagina 10. Anexo 4 actividades empresariales (incluye actividad profesional en su caso). Estado de posicion financiera. Inversiones. I. Deduccion fiscal en el ejercicio. II. Deduccion inmediata en el ejercicio. III. Adquisiciones en el ejercicio. Pagina 11. Analisis de ingresos. Analisis de egresos. Pagina 12. Analisis de egresos (Continuación). Pagina 13. Resultados. Datos informativos. Cifras al cierre del ejercicio. Paginas 14 y 15. Anexo 5 informacion del IVA. Paginas 16 y 17. Anexo 6 informacion correspondiente al ejercicio 2002 y anteriores. Determinacion del impuesto al valor agregado. Determinacion del impuesto sustitutivo del credito al salario (incluyendo ejercicio 2003). Determinacion del impuesto a la venta de bienes y servicios suntuarios. Regimen de pequeños contribuyentes. Regimen simplificado. Pagina 18. Impuesto empresarial a tasa unica (IETU).

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Extracto


Personas físicas. Declaración anual 2008 de ISR y de IETU -Instructivo detallado, renglón por renglón, del formato 13-

El artículo 175, primer párrafo, de la Ley del ISR, establece la obligación para las personas físicas de presentar la declaración anual de este impuesto correspondiente al ejercicio fiscal de 2008, en abril de 2009.

Por su parte, el artículo 7o., primer párrafo, de la Ley del IETU dispone la obligación para los contribuyentes del impuesto de presentar la declaración anual del IETU en el mismo plazo para la presentación de la declaración del ISR anual, es decir, en abril de 2009.

Por lo que respecta al IVA, en el artículo 32, fracción VII, de la ley de la materia se especifica que las personas físicas que se encuentren obligadas al pago de este impuesto y las que realicen actos o actividades sujetos a la tasa de 0%, deberán proporcionar la información que del IVA se les solicite en las declaraciones del ISR. Al efecto, la regla I.5.1.4 de la RMF para 2008-2009 señala que los contribuyentes cumplirán con dicha obligación al proporcionarla mediante la Declaración informativa múltiple (DIM); sin embargo, la regla II.2.18.8 de la misma resolución dispone que las personas físicas que sólo estén obligadas a presentar la DIM con la información del IVA, en lugar de hacerlo mediante el anexo 8 "Información sobre Impuesto al Valor Agregado" de la forma oficial 30 "Declaración Informativa Múltiple", lo harán en la declaración anual del ejercicio fiscal de 2008 vía Internet o en ventanilla bancaria, según corresponda.

De acuerdo con el artículo 31, primer párrafo, del CFF, los contribuyentes deberán presentar declaraciones en documentos digitales con Firma electrónica avanzada (Fiel) a través de los medios, formatos electrónicos y con la información que señale el SAT mediante reglas de carácter general, y enviarlas a las autoridades correspondientes o a las oficinas autorizadas, según el caso, además de cumplir los requisitos que se establezcan en esas reglas para tal efecto y, en su caso, pagar mediante transferencia electrónica de fondos.

Al respecto, en los capítulos II.2.15 "Declaraciones anuales vía Internet" y II.2.16 "Declaraciones anuales por ventanilla bancaria" de la RMF para 2008-2009, se indican los lineamientos para presentar la declaración anual de los contribuyentes.

De esta forma, de acuerdo con la regla II.2.16.2, para el ejercicio de 2008 sólo podrán presentar en los bancos autorizados la declaración, con las formas fiscales impresas 13-Ao 13, según corresponda, las personas físicas siguientes:

1. Las que hayan percibido únicamente ingresos por salarios de uno, dos o más patrones, sin importar el monto (en la forma fiscal 13-A "Declaración del ejercicio. Personas físicas. Sueldos, salarios y conceptos asimilados").

2. Las que hayan percibido únicamente ingresos asimilados a salarios, sin importar el monto (en la forma fiscal 13-A "Declaración del ejercicio. Personas físicas. Sueldos, salarios y conceptos asimilados").

3. Las que hayan percibido ingresos por salarios e intereses, enajenación o adquisición de bienes, y la suma de todos estos conceptos en el año (2008) haya sido inferior a $400,000 (en la forma fiscal 13 "Declaración del ejercicio. Personas físicas").

No obstante, según la regla II.2.16.3 de la RMF para 2008- 2009, las personas físicas obligadas a presentar la declaración anual en ventanilla bancaria podrán hacerlo vía Internet en términos de la regla II.2.15.1 de la misma resolución.

Según lo anterior, las personas distintas a las antes señaladas deberán presentar la declaración anual víal Internet conforme al procedimiento descrito en la regla II.2.15.1 de la RMF para 2008-2009, y que es el siguiente:

1. Obtendrán el Programa para presentación de declaraciones anuales de las personas físicas (DeclaraSAT) en la dirección electrónica www.sat.gob.mx o en dispositivos ópticos (CD), en las administraciones locales de servicios al contribuyente.

2. Capturarán los datos solicitados en el programa, correspondientes a las obligaciones fiscales a que estén sujetas, debiendo manifestar bajo protesta de decir verdad que los datos asentados son ciertos.

Al respecto, la captura de la información en el DeclaraSAT podrá hacerse mediante cualquiera de las siguientes opciones:

a) Captura de datos con cálculo automático de impuestos.

b) Captura de datos sin cálculo automático de impuestos.

Las personas físicas que obtengan ingresos por salarios y conceptos asimilados, actividades empresariales y servicios profesionales, intereses, por el otorgamiento del uso o goce temporal de inmuebles, así como los contribuyentes del régimen intermedio, ya sea por un solo concepto o acumulando dos o más de los ingresos señalados, podrán utilizar, según corresponda, el Programa para presentación de declaraciones anuales de las personas físicas en línea (DeclaraSAT en Línea), disponible en la dirección electrónica www.sat. gob.mx, y que permite la captura de datos con cálculo automático de impuestos.

3. Enviarán al SAT la infor...

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