Inscripcion como patrón ante el IMSS e INFONAVIT

AutorJosé Pérez Chavez/Eladio Campero Guerrero
Páginas329-353

Page 331

Conforme al artículo 15, fracción I, de la LSS, los patrones están obligados a registrarse como patrones ante el IMSS, dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles.

La información para el registro deberá proporcionarse al IMSS en documento impreso o en medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto-ópticos o de cualquier otra naturaleza, conforme a las disposiciones de la LSS y sus reglamentos.

La obligación en comento no se aplicará en los casos de construcción, ampliación o reparación de inmuebles, cuando los trabajos se realicen en forma personal por el propietario, o bien obras realizadas por cooperación comunitaria, debiéndose comprobar el hecho, en los términos del reglamento respectivo.

Es importante mencionar que cuando el patrón no se registre ante el IMSS o lo haga fuera del plazo establecido en ley, se considerará infracción, misma que se sancionará con una multa equivalente de 20 a 350 veces el SMG diario vigente en el Distrito Federal.

(Arts. 304-A, fracción I y 304-B, fracción IV, de la LSS)

Ahora bien, de acuerdo con el artículo 12 del Racerf cualquier persona física o moral estará obligada a registrarse como patrón o sujeto obligado ante el Instituto a partir de que:

  1. Empiece a utilizar los servicios de uno o varios trabajadores.

  2. Se constituya como sociedad cooperativa.

  3. Inicie vigencia su convenio de incorporación celebrado con el Instituto.

  4. Inicie vigencia el Decreto de incorporación que expida el Ejecutivo Federal en términos de la fracción III del artículo 12 de la LSS.

    Para efectos de cumplir con la obligación referida, se deberán seguir los lineamien-tos que se establecen en la normatividad interna del IMSS, a saber:

  5. El trámite se deberá realizar en la subdelegación que corresponda al patrón conforme a su domicilio fiscal.

  6. La inscripción patronal se solicitará en los servicios de afiliación, área de patrones, o se puede efectuar una cita previa mediante Internet, a través de la página web del IMSS www.imss.gob.mx, en donde se proporcionarán los datos que solicite el sistema, debiendo presentarse en la subdelegación o unidad administrativa en el lugar, fecha y hora indicadas por el instituto y presentar la documentación siguiente:

    1. Patrón persona física:

      - Original y fotocopia del RFC (forma RU), presentada ante el SAT.

      - Original y copia de identificación oficial (credencial del IFE, cartilla del Servicio Militar Nacional liberada, licencia o pasaporte vigentes).

      Page 332

      - Comprobante de domicilio a nombre del patrón persona física (recibos de luz, teléfono, predial, contrato de arrendamiento o comodato, etc.).

      - Croquis de ubicación del domicilio.

      - Identificación oficial del patrón (IFE), copia y original para cotejo.

      - En caso de que el negocio se encuentre establecido en domicilio particular y carezca de documentación oficial, es necesario presentar cualquier documento que pruebe la identidad del patrón con el cual se pueda definir el domicilio para efectos de notificación.

      - Si se dedica al transporte público de pasaje o carga:

      - Tarjeta de circulación del vehículo, y

      - Permiso de la SCT cuando el servicio sea federal.

      - Si quien realiza el trámite no es el patrón, entonces se anexará carta poder simple e identificación (credencial del IFE, cartilla liberada, licencia o pasaporte vigentes) de la persona que recibe el poder.

    2. Patrón persona moral:

      - Original y fotocopia del aviso de registro (forma RU), alta presentada ante el SAT.

      - Original y copia del acta constitutiva.

      - Original y copia del certificado de inscripción en el Registro Público de Comercio.

      - Original y copia del poder notarial del representante legal (en caso de ser extranjero, se presentará la forma FM-3 que se refiere a la autorización para trabajar en México, expedida por la Secretaría de Gobernación) o bien la Visa de visitante en permiso para realizar actividades remuneradas.

      - Original y copia de identificación oficial (credencial del IFE, cartilla liberada, licencia o pasaporte vigentes).

      - Comprobante de domicilio a nombre del patrón persona moral (recibos de luz, teléfono, predial, contrato de arrendamiento o comodato, etc.).

      - Croquis de ubicación del domicilio.

    3. Datos del Representante legal:

      - Poder para actos de administración o poder especial en donde se especifique que puede realizar toda clase de trámites y firmar documentos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

      - Nombre(s) y apellido(s).

      - RFC.

      - CURP.

      Page 333

      - Teléfonos, fijo y móvil, con clave de larga distancia y en su caso número de extensión.

      - Dirección de correo electrónico.

    4. Datos que aplican a la inscripción de las empresas en el seguro de riesgos de trabajo, cuando el Instituto los requiera:

      1) Especificar su giro.

      2) Presta servicios de personal (Marque con una X: SI / NO).

      3) Si presta servicios de personal marque con una X a qué tipo corresponde de las siguientes:

    5. Agencias de empleo temporal,

    6. Suministro de personal permanente y,

    7. Servicios combinados de apoyo en instalaciones.

  7. El personal del área de patrones de los servicios de afiliación revisará la documentación descrita y, por excepción, en caso de que se carezca de alguno de los documentos oficiales, el patrón o representante legal elaborará un escrito donde se haga responsable solidario de los actos legales de la empresa y donde se establezca el compromiso de entregar la documentación faltante en un plazo perentorio.

  8. Una vez que la documentación sea aprobada, el personal del área citada devolverá los originales y entregará los avisos que fueron publicados por el IMSS en el DOF del 22 de agosto de 2013, mediante el Acuerdo ACDO.SA1 .HCT.230713/202.P.DIR y sus anexos, dictado por el Consejo Técnico del IMSS, en la sesión ordinaria celebrada el 23 de julio de 2013, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria y se establecen los datos de información y documentos requeridos para el trámite Alta patronal e inscripción en el seguro de riesgos de trabajo que deberán adjuntarse a los formatos ARP-PF "Aviso de Registro Patronal Personas Físicas en el Régimen Obligatorio" y ARP-PM "Aviso de Registro Patronal Personas Morales en el Régimen Obligatorio", mismos que están vigentes a partir del 23 de agosto de 2013.

    Con dicha publicación, se establece un formato específico para el aviso de inscripción patronal para personas físicas y otro para personas morales y además se cambia el aviso de modificación de las empresas en el seguro de riesgos de trabajo, mismo que podrán utilizar tanto las personas morales como las personas físicas.

    A continuación se incluyen los nuevos formatos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR