La inoperancia a examen
Revista del Instituto de la Judicatura Federal › Núm. 27, Enero 2009 › Foro
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Revista del Instituto de la Judicatura Federal › Núm. 27, Enero 2009 › Foro
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I. Antecedentes.- II. Argumentos centrales del fallo.- III. Argumentos en los que se basa la disidencia.
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De hecho, existe un criterio aislado de la Primera Sala en el que se reconoce este razonamiento. Se trata de la tesis 1a. CXXIII/2006, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta , Novena Época, tomo XXIV, agosto de 2006, página 252, que dice: “A GRAVIOS INOPERANTES EN LA REVISIÓN . S ON AQUELLOS QUE SÓLO PROFUNDIZAN O ABUNDAN EN LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN , SIN COMBATIR LAS CONSIDERACIONES DE LA SENTENCIA RECURRIDA . Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado reiteradamente que una de las modalidades de la inoperancia de los agravios radica en la repetición de los argumentos vertidos en los conceptos de violación. Al respecto, conviene aclarar que si bien una mera repetición, o incluso un abundamiento en las razones referidas en los conceptos de violación, pueden originar la inoperancia, para que ello esté justificado es menester que con dicha repetición o abundamiento no se combatan las consideraciones de la sentencia del Juez de Distrito. Este matiz es necesario porque puede darse el caso de que el quejoso insista en sus razones y las presente de tal modo que supongan una genuina contradicción de los argumentos del fallo. En tal hipótesis la autoridad revisora tendría que advertir una argumentación del Juez de amparo poco sólida que pudiera derrotarse con un perfeccionamiento de los argumentos planteados ab initio en la demanda. Sin embargo, también puede suceder que la repetición o abundamiento de los conceptos de violación no sea más que un mero intento de llevar sustancia a la revisión, siendo que las razones sostenidas tanto en los conceptos de violación como en los agravios ya fueron plenamente respondidas por el juzgador. En estos casos, la autoridad revisora debe cerciorarse de que el fallo recurrido presenta una argumentación completa que ha contestado adecuadamente todos los planteamientos de la demanda de amparo, tanto en lo cualitativo como en lo cuantitativo, para estar en aptitud de declarar la inoperancia de los agravios al concluir que aun cuando el recurrente intenta abundar o profundizar sus conceptos de violación, con ello no combate la ratio decidendi del fallo recurrido”.
I. Antecedentes
II. Argumentos centrales del fallo
A) Casi en su totalidad eran una transcripción de los conceptos de violación
B) En la parte que los agravios no repetían los conceptos de violación, no combatían la “razón toral” de la sentencia recurrida
C) Los argumentos no combaten frontal y directamente todas las consideraciones que sustentan la sentencia
D) Los agravios son un perfeccionamiento de los conceptos de violación, lo cual se traduce en aspectos novedosos que no fueron impugnados en la demanda de garantías
III. Argumentos en los que se basa la disidencia
1.Transcripción de conceptos de violación vía agravios y perfeccionamiento de los argumentos
2.Combate “no frontal” de la “razón toral”
I. Antecedentes
II. Argumentos centrales del fallo
A) Casi en su totalidad eran una transcripción de los conceptos de violación
B) En la parte que los agravios no repetían los conceptos de violación, no combatían la “razón toral” de la sentencia recurrida
C) Los argumentos no combaten frontal y directamente todas las consideraciones que sustentan la sentencia
D) Los agravios son un perfeccionamiento de los conceptos de violación, lo cual se traduce en aspectos novedosos que no fueron impugnados en la demanda de garantías
III. Argumentos en los que se basa la disidencia
1.Transcripción de conceptos de violación vía agravios y perfeccionamiento de los argumentos
2.Combate “no frontal” de la “razón toral”
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