Momento de inicio de la revisión del dictamen de estados financieros. Tesis aislada del TFJFA
Práctica Fiscal › Núm. 519, Septiembre 2008
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Momento de inicio de la revisión del dictamen de estados financieros. Tesis aislada del TFJFA
El artículo 42 del CFF estipula lo siguiente (énfasis añadido): 42. Las autoridades fiscales a fin de comprobar que los contribuyentes, los responsables solidarios o los terceros con ellos relacionados han cumplido con las disposiciones fiscales y, en su caso, determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales, así como para comprobar la comisión de delitos fiscales y para proporcionar información a otras autoridades fiscales, estarán facultadas para: IV. Revisar los dictámenes formulados por contadores públicos sobre los estados financieros de los contribuyentes y sobre las operaciones de enajenación de acciones que realicen, así como la declaratoria por solicitudes de devolución de saldos a favor de impuesto al valor agregado y cualquier otro dictamen que tenga repercusión para ef...
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