Los ingresos del Estado Mexicano

AutorArnulfo Sánchez Miranda
Páginas29-48

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Objetivo General

Que el estudiante conozca los diversos ingresos que el Estado puede obtener para llevar a cabo sus fines financieros, en especial los derivados de las contribuciones.

Objetivos Específicos

Al finalizar el estudio de este capítulo, el estudiante será capaz de:

1. Conocer cuáles son los ingresos del Estado.

2. Explicar cuáles son los ingresos que señala el Código Fiscal de la Federación.

3. Distinguir qué son los impuestos, las aportaciones de seguridad social, las contribuciones de mejoras y los derechos.

LOS INGRESOS DEL ESTADO

Como se comentó en el tema anterior, el Estado Mexicano requiere de ingresos para satisfacer las necesidades de la sociedad a través del gasto público, para lo cual es importante detallar qué tipos de ingresos son los que el Estado puede obtener.

Ingresos según la doctrina

Antes de entrar a la clasificación de los ingresos que el Estado puede percibir, es importante definir qué es doctrina, ya que es un término muy utilizado en el campo del Derecho.

Doctrina. Es el simple resultado del estudio del Derecho, llevado a cabo por particulares, y sus conclusiones no pueden ser jurídicamente obligatorias, aun cuando tales conclusiones sean de autores de prestigio; pero sirven de base para interpretar el Derecho cuando descansan en razonamientos que se imponen al criterio judicial, pero que no pueden ser invocados para exigir su necesaria observancia.

Por otra parte, los ingresos del Estado, según la doctrina, y de acuerdo con el maestro Alejandro Boeta Vega en su obra Derecho Fiscal, primer curso, son:

- Ingresos Derivados. Son los que obtiene el Estado en ejercicio de su soberanía, la cual se establece en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como el caso de los tributos.

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- Ingresos Reales del Estado. Son aquellos que efectivamente modifican su patrimonio incrementándolo, como los impuestos, en ejercicio de su soberanía.

- Ingresos Ordinarios. Son los que obtiene el Estado, año con año, lo que recibe regular o periódicamente; como ejemplo podemos citar los que se establecen año con año en las Leyes de Ingresos, tanto de la Federación como las Estatales.

- Ingresos Originarios o Patrimoniales. Son aquellos que obtiene el Estado por la explotación de su patrimonio, es decir, de la explotación de los bienes de su dominio privado, como lo es Petróleos Mexicanos.

- Ingresos Extraordinarios. Son aquellos que obtiene el Estado en un corto tiempo y después desaparecen, por ejemplo, cuando se da un incremento en el precio internacional del petróleo por un determinado período.

- Ingresos Nominales del Estado. Son aquellos que no modifican su patrimonio; son un ingreso aparente, como los préstamos que obtiene el Estado del interior, como del exterior.

Estos ingresos que el Estado puede percibir se dividen en tres grandes grupos, de acuerdo con la Ley de Ingresos de la Federación, y son los siguientes:

· Ingresos tributarios.

· Ingresos patrimoniales.

· Ingresos financieros.

De lo anterior, en combinación con la doctrina, se deriva lo siguiente:

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Podemos concluir que el objetivo de conocer los diversos ingresos que el Estado puede percibir, para efectos de nuestra materia, nos interesan aquellos relativos a las contribuciones que el Estado mexicano puede exigir, parte fundamental del derecho fiscal.

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INGRESOS PARA EL ESTADO SEGUN EL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

De forma introductoria, ya que posteriormente el tema constitucional se estudiará a detalle, la CPEUM, en su arábigo 31, fracción IV, establece que es obligación de los mexicanos contribuir para los gastos públicos, entre otros de la Federación, según dispongan las leyes y; en sus numerales 73, fracción VII y 74, fracción IV, estipula como atribución del Congreso de la Unión imponer las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto, siendo labor de la Cámara de Diputados el examinar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, discutiendo primero las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo.

Disposiciones constitucionales que se relacionan con el Código Fiscal de la Federación, con sus artículos 2 y 3, en donde se enuncian los diferentes ingresos que puede percibir la Federación-Estado.

DE LAS CONTRIBUCIONES

El CFF menciona lo siguiente:

" ARTICULO 2. Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, las que se definen de la siguiente manera:

I. Impuestos son las contribuciones establecidas en ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentren en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean distintas de las señaladas en las fracciones II, III y IV de este artículo ".

Esto implica que no son impuestos las aportaciones de seguridad social, las contribuciones de mejoras y los derechos que se mencionan en las fracciones II, III y IV de este mismo artículo.

Ejemplos de impuestos:

· Impuesto Sobre la Renta.

· Impuesto al Valor Agregado.

· Impuestos al Comercio Exterior.

"II. Aportaciones de seguridad social son las contribuciones establecidas en ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado".

Ejemplos de este tipo de ingresos:

· Aportaciones y abonos retenidos a trabajadores por patrones para el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

· Cuotas para el Seguro Social a cargo de patrones y trabajadores.

En esta misma fracción II, se menciona que cuando sean organismos descentralizados los que proporcionen la seguridad social, las contribuciones correspondientes tendrán la naturaleza de aportaciones de seguridad social, como lo es el Instituto Mexicano del Seguro Social.

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Un organismo descentralizado es un ente público, creado por el legislador, que tiene personalidad jurídica y patrimonio propio. La descentralización se realiza con el fin de transferir a diversas corporaciones parte de la autoridad que ejerce el Estado.

"III. Contribuciones de mejoras son las establecidas en ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien de manera directa por obras públicas " .

Ejemplo:

· Contribución de mejoras por obras públicas de infraestructura hidráulica.

"IV. Derechos son las contribuciones establecidas en ley por el uso o aprovechamiento de los bienes de dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados cuando, en este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en la Ley Federal de Derechos. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado " .

Algunos de estos ingresos por Derechos consisten:

· Por percibir servicios que presta el Estado en funciones de derecho público.

· Por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público.

· Derechos a los hidrocarburos (por la extracción de petróleo).

De los aprovechamientos y productos

En los párrafos primero y tercero, respectivamente, del artículo 3 del mencionado Código, se establecen los siguientes ingresos:

"ARTICULO 3. Son aprovechamientos los ingresos que percibe el Estado por funciones de derecho público distintos de las contribuciones, de los ingresos derivados de financiamientos y de los que obtengan los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal.

Los recargos, las sanciones, los gastos de ejecución y la indemnización a que se refiere el séptimo párrafo del artículo 21 de este Código, que se apliquen en relación con aprovechamientos, son accesorios de éstos y participan de su naturaleza.

Ejemplos:

· Reintegros.

· Aportaciones de contratistas de obra pública.

· Cuotas compensatorias.

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El último párrafo del mencionado artículo 3 del CFF señala:

"Son productos las contraprestaciones por los servicios que preste el Estado en sus funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del dominio privado."

Ejemplos de ingresos por productos:

· Por los servicios que no correspondan a funciones de derecho público.

· Derivados del uso, aprovechamiento o enajenación de bienes no sujetos al régimen de dominio público:

Tales ejemplos fueron tomados de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 20 de noviembre de 2013, la cual a continuación se transcribe parcialmente.

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2015

Capítulo I

De los Ingresos y el Endeudamiento Público

Artículo 1o. En el ejercicio fiscal de 2015, la Federación percibirá los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran:

CONCEPTO Millones de pesos

TOTAL 4’694,677.4

INGRESOS DEL GOBIERNO FEDERAL (1+3+4+5+6+8+9) 2’904,011.8

  1. Impuestos 1’978,980.6

  2. Impuestos sobre los ingresos: 1’059,206.2

    01. Impuesto sobre la renta. 1’059,206.2

    2. Impuestos sobre el patrimonio.

    3. Impuestos sobre la producción, el consumo y las transacciones: 870,457.8

    01. Impuesto al valor agregado. 703,848.5

    02. Impuesto especial sobre producción y servicios: 159,970.6

    01. Gasolinas, diesel para combustión automotriz: 30,231.3

    01. Artículo 2o-A, fracción I. 5,857.4

    02. Artículo 2o-A, fracción II. 24,463.9

    02. Bebidas con contenido alcohólico y cerveza: 40,403.4

    01. Bebidas alcohólicas. 11,383.2

    02. Cervezas y bebidas refrescantes. 29,020.2

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    03. Tabacos labrados. 34,426.6

    04. Juegos con apuestas y sorteos. 2,599.9

    05. Redes públicas de telecomunicaciones. 8,065.4

    06. Bebidas energetizantes. 23.9

    07. Bebidas saborizadas. 18,271.1

    08. Alimentos no...

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